Decreto 11760
VISTO: la nota de la SEAM N° 515/07 del 20 de diciembre de 2007 y la
Resolución N° 2095/07 del 30 de noviembre de 2007, originadas en
la Secretaria del Ambiente, en la cual se solicita la
declaración como Área Silvestre Protegida bajo el dominio
privado, Reserva Natural denominada "TABUCAI", localizada en el
Departamento de Alto Paraná, en virtud de la aprobación de la
justificativa Técnica realizada por la SEAM; y
CONSIDERANDO: Que la Secretaria del Ambiente, por medio de la Resolución
79/00 determino a través de las normas regulatorias
para la creación legal de Áreas Silvestre Protegidas
bajo Dominio Privado del país, que el informe técnico
de verificación y fiscalización de la propuesta
presentada amerita la aprobación de la justificativa
técnica, debido a la importancia biológica por las
condiciones naturales del área, lo que permitirá la
conservación de especies amenazadas y en vías de
extinción, dado que por su ubicación resulta
estratégicamente importante por el flujo de animales
y plantas entre unidades de conservación ya
existentes en la región.
Que el Articulo 14, Inciso K) de la Ley N° 1.561/2000, "Que crea en
Consejo Nacional de Ambiente y la Secretaria del
Ambiente", establece que este organismo adquiere el
carácter de autoridad de aplicación de la Ley N°
352/94 "De Áreas Silvestres Protegidas", razón por la
cual y en función de tales atribuciones le
corresponde recomendar que el Decreto del Poder
Ejecutivo se declare la reserva denominada "TABUCAI",
asentada dentro de la Finca N° 2.594 y Padrón N°
4.315 Departamento de Alto Parana, anotada en la
Dirección General de los Registros Públicos y que
cuenta con una superficie de 559 (quinientos
cincuenta y nueve) hectáreas.
Que en virtud de las normas legales invocadas es
atribución del Poder Ejecutivo declarar Área
Silvestre la superficie indicada procedentemente.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1°: Declarase Área Silvestre Protegida bajo Dominio Privado, por un
periodo de cinco (5) años, la Reserva Natural denominada
"TABUCAI", asentada dentro de la Finca N° 2.594 y Padrón N° 4.315
respectivamente, Departamento de Alto Paraná anotada en el Registro
General de la Propiedad, y que cuenta con una superficie de 559
(quinientos cincuenta y nueve) hectáreas; ubicada en el
Departamento de Alto Paraguay, de acuerdo con el polígono
siguiente:
De acuerdo con el Informe Pericial el área a ser destinado como
Reserva Natural Privada "TABUCAI", esta compuesto por las
siguientes dimensiones:
Art. 2°: Autorizase la inscripción de esta declaración ejecutiva en la
Dirección General de los Registros Públicos, como nota marginal en
el legajo de la Finca N° 2.594, y Padrón N° 4.315 respectivamente,
inscripta en el Registro General de la Propiedad, y que cuenta con
una superficie de 559 (quinientos cincuenta y nueve) hectáreas,
ubicada en el Departamento de Alto Paraná.
Art. 3°: Otorganse los beneficios previstos en los Artículos 55, 56 y 57
de la Ley 352/94 "De Áreas Silvestre Protegidas" en los términos
del Articulo 30 de dicha ley.
Art. 4: El Titular del dominio privado declarado como Reserva Natural
"TABUCAI", dispondrá de un plazo no mayor de seis (6) meses para
presentar ante la Secretaria del Ambiente el Plan de Manejo del
área, así como un plan del área donde identifique los puntos que
cierran los limites.
Art. 5°: El presente Decreto será refrendado por el Ministerio del
Interior.
Art. 6°: Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.