Decreto 1532
VISTO: La presentación efectuada por el Procurador General de la
República, solicitando la inclusión del citado funcionario en el
Consejo de Empresas Públicas creado por Decreto N° 163 del 25 de
agosto de 2008; y
CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 163 del 25 de agosto de 2008, fue
creado el Consejo de Empresas Públicas, con la
finalidad de conducir, coordinar y ejecutar los
planes, programas y estrategias de modernización y
supervisión de las empresas públicas y sociedades del
Estado prestadoras de servicios públicos.
Que la Procuraduría General de la República, tiene por misión
constitucional: i) la representación y defensa,
judicial o extrajudicial, de los patrimoniales de la
República, ii) la formulación de dictámenes en los
casos y con los efectos señalados en las leyes, y
iii) el asesoramiento jurídico de la administración
pública en la forma determinada por la ley; según así
se dispone en le Artículo 246 de la Constitución
Nacional
Que consecuentemente, existe necesidad de ampliar las disposiciones
del Decreto N° 163 del 25 de agosto de 2008, con el
fin de disponer la integración del Consejo de
Empresas Públicas con el Procurador General de la
República, sin perjuicio de sus actuales funciones, y
de conformidad a las disposiciones del Artículo 2°
del mismo.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1°.- Amplíase el Decreto N° 163 del 25 de agosto de 2008, "Que crea
el Consejo de Empresas Públicas", e intégrase al mismo al
Procurador General de la República, sin perjuicio de sus actuales
funciones, y de conformidad a las disposiciones del Artículo 2° y
demás disposiciones concordantes del Decreto originario.
Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de
Hacienda, de Obras Públicas y Comunicaciones, y de Industria y
Comercio.
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.