Decreto 22043
Presidencia de la República
Ministerio del Interior
Decreto Nº 22043
POR EL CUAL SE CREA LA COMISION NACIONAL PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA
CONSTITUIDA POR REPRESENTANTES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, POLICIA
NACIONAL, INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES Y SOCIEDAD CIVIL.
Asunción, 14 de agosto de 2003
VISTO: La presentación realizada por el Ministerio del Interior,
expresando la necesidad de aplicar políticas preventivas para
erradicar la delincuencia de nuestro país, a través de la
integración y el esfuerzo mancomunado de las Instituciones
Gubernamentales y de la ciudananía en general; y
CONSIDERANDO: Que el Art. 2° incisos a), b), c) y d) del Decreto del
Poder Ejecutivo N° 12515 de fecha 22 de febrero de 1996,
establecen entre los objetivos y funciones del Ministerio
del Interior "Estudiar, proponer, y una vez aprobadas,
poner en ejecución las políticas públicas relativas a:
seguridad interna...", "Diagnosticar aspectos de índole
social que pudiesen afectar el orden público", "Elaborar
estrategias de inteligencia alos fines de la defensa del
orden", la juridicidad, la vida, la propiedad y la libertad
de las personas, dentro del marco establecido por la
Constitución y las Leyes", "Desarrollar un sistema de
Defensa Civil y coordinar las acciones de los organismos
competentes y de las agrupaciones civiles, para la
prevención y mitigación de desastres, conforme a las
disposiciones legales;
Que es necesario crear una Comisión de Seguridad Ciudadana
integrada por Representantes del Ministerio del Inerior,
Policía Nacional, entes gubernamentales y de la sociedad
civil que estarán encargados de la ejecución de las
funciones;
Que el Director Jurídico del Ministerio del Interior, en su
dictamen A.J. N° 229, de fecha 14 de abril de 2003, expresa
el parecer favorable a la propuesta mencionada.
POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1°.- Créase la Comisión Nacional para la Seguridad Ciudadana,
autónoma, abierta, de conformación mixta con representantes
Gubernamentales y de la Sociedad Civil que se constituyen en
partícipes reales de sus decisiones, rigiéndose por los
estatutos y reglamentaciones de la CONASEG (Comisión Nacional
para la Seguridad Ciudadana).
Art. 2°.- Constitúyase la Comisión Nacional para la Seguridad Ciudadana
por representantes del:
Ministerio del Interior
Ministerio Público
Ministerio de Justicia y Trabajo
Ministerio de Educación y Cultura
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones
Municipalidad de Asunción
Policía Nacional
Municipalidad de Luque
Unión de Sindicatos del Transporte (USTT)
Asociación de Usuarios y Consumidores del Paraguay (ASUCOP)
Coordinadora de Amas de Casa del Paraguay
Secretaría de Transporte del Area Metropolitana (SETAMA)
Asociación de Empresarios del Transporte del Interior del
Paraguay (ATIP)
Unión de Empresarios del Transporte del Area Metropolitana
(UCETRAMA) Coordinadora de Comisiones Vecinales de la Ciudad de
Villa Elisa
Consejo de Coordiandora de Comisiones Vecinales de Asunción
Acuerdo Ciudadano
ALBA
COVI
Organización Cívico
Consejo Central de Comisiones Vecinales de Fomento Urbano y de
la Salud del Municipio de Luque (COVESAL)
Red de Contralorías Ciudadanas del Paraguay
Fundación Dignidad
Federación de Padres del Paraguay (FEDAPAR)
Asociación de Usuarios y Consumidores del Paraguay, Filal
Cordillera
Comisión Vecinal de Lambaré Oñondivepá
Comisión Nacional de Lucha contra el Alcoholismo (CONACOL)
Asociación de Comerciantes del Mercado N° 4
Mesa Negociadora del Mercado N° 4
Asociación de Empleados Públicos y Privados
Foro Ciudadano contra la Corrupción y la Impunidad
Policía Caminera
FENACOVECO
Confederación Nacional de Trabajadores Campesinos (CONATRAC)
Comisión Vecinal del Barrio Nazareth
Fundación Bernardino Caballero
Fundación El Pastor
Fundación Arco Iris
JOPACAD
SICOSUR
FENACOVAC
Comisión Internacional de Seguridad de Caacupé
Comisión Vecinal Ybyraró de la Colonia Thompson
Liga Paraguaya de los Derechos de la Mujer
Bomberos de Capiatá
PUAFE
Stop Seguridad
ASUCOP-Filial Caacupé
Consejo de Coordinadores de Comisiones Vecinales de Asunción
Consejo Asesor Comunal
Sindicato de Taxistas del Area Metropolitana
Art. 3°.- La Comisión conformada brindará su asesoramiento en los planes
de seguridadm enmarcados dentro de las estrategias de gobierno
de los organismos responsables de la Seguridad Pública del País.
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro del
Interior.
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.