Decreto 3349
VISTO: La presentación radicada por el Ministerio de Educación y
Cultura en la cual solicita la modificación parcial del
Decreto N° 50/2008 que aprueba la estructura orgánica de
dicha Secretaria de Estado. y;
CONSIDERANDO: Que la Constituci6n Nacional y la Ley 1264 "General
de Educación" establecen que la organización del
sistema educativo nacional es responsabilidad del
Estado que lo ejerce por medio del Ministerio de
Educacion y Cultura.
Que es necesario modificar parcialmente la
estructura orgánica del Ministerio de Educación y
Cultura a Ios nuevos requerimientos
organizacionales que garanticen la calidad,
eficiencia y equidad en el cumplimiento de sus
objetivos,
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1°.- Modificase el Decreto Nº 50 del 18 de agosto de 2008 que
aprueba la estructura orgánica del Ministerio de Educación y
Cultura conforme a las siguientes disposiciones:
Art. 2°.- Modifícase el Articulo 2º del Decreto N° 50/08, el cual queda
redactado de la siguiente manera:
" Intégrase el Gabinete del Ministro de Educación y Cultura de la
siguiente manera:
a. Secretaría General
b. Direccion General de Gabinete
c. Direccion General de Gabinete Técnico
d. Direccion General de Asesoria Jurídica.
e. Direccion General de Auditoria Interna.
f. Direccion General de Gestión del Talento Humano.
g. Direccion General de Administración y Finanzas.
h. Direccion General de Relaciones Internacionales, en reemplazo de
la Dirección General de Proyectos y Cooperaciones, que queda
suprimida.
i. Dirección General de Planificación Educativa, en reemplazo de la
Direccion General Información, Monitoreo, Planificación y Calidad
Educativa, que queda suprimida".
Art. 3º.- Créase la Direccion General de Desarrollo Profesional de
Educador como parte del Viceministerio de Educación para el
Desarrollo Educativo, en reemplazo de la Direccion General de
Evaluación de la Carrera Docente, que queda suprimida.
Art. 4º.- Deróganse todas las disposiciones contrarias a las estipuladas
en el presente Decreto. contenidas en otros Decretos y Resoluciones
Ministeriales.
Art. 5º.- Los Directores Generales nombrados en las instancias que fueron
suprimidas con el presente Decreto quedarán con el cargo y función
de las nuevas instancias integradas al Gabinete del Ministro de
Educacion y Cultura y la creada en el Articulo 3° de este Decreto.
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Educación
y Cultura.
Art. 7º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.
FDO: FERNANDO LUGO
Luis Riart