Decreto 347

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Asunción, 1 de octubre de 2008<br /> VISTO: La Nota PGR N° 556/08 del 25 de setiembre de 2008, en la cual<br /> la Procuraduría General de la República expresa la necesidad del<br /> fortalecimiento institucional, estableciendo la estructura<br /> orgánica y funcional de la Procuraduría General de la República,<br /> solicitando su aprobación correspondiente; y<br /> CONSIDERANDO: Que el Articulo 238, Numerales 1), 2) y 5) de la<br /> Constitución Nacional, atribuye a quien ejerce la<br /> Presidencia de la República, la facultad de dirigir<br /> la administración general de país, a cumplir y hacer<br /> cumplir la Constitución y las Leyes, así como también<br /> dictar Decretos, que para su validez requieren el<br /> refrendo del Ministro del ramo.<br /> Que el fortalecimiento institucional resulta necesario para afrontar<br /> los desafíos impuestos a la Procuraduría General de<br /> la República, tanto por la Constitución Nacional en<br /> su Artículo 246 "De los Deberes y de las<br /> Atribuciones", así como por las metas impuestas por<br /> el Gobierno Nacional.<br /> POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY<br /> DECRETA:<br /> Art. 1°.- Apruébase la estructura orgánica y funcional de la<br /> Procuraduría General de la República, que estará conformada por los<br /> siguientes niveles y áreas, cuyas denominaciones son las<br /> siguientes:<br /> 1. Nivel de Despacho del Procurador General<br /> . Secretaría Privada<br /> . Asesoría Legal<br /> . Asesoría Económica y Financiera<br /> . Auditoría Interna<br /> 2. Nivel de Apoyo Administrativo<br /> Dirección General de Gabinete<br /> . Secretaría General<br /> . Jefatura de Mesa de Entrada<br /> . Jefatura de Archivo<br /> . Coordinación de Seguridad<br /> . Jefatura de Transporte<br /> 3. Nivel Operativo<br /> Dirección General Jurídica<br /> . Procuradurías Delegadas-Unidades Especializadas<br /> . Asistentes de Procuradurías Delegadas<br /> 4. Nivel de Apoyo Técnico<br /> Dirección General de Administración y Finanzas<br /> . Dirección de Contabilidad<br /> . Dirección de Tesorería<br /> . Dirección de Presupuesto<br /> . Dirección de la Unidad Operativa de Contrataciones<br /> . Dirección de Recursos Humanos<br /> . Dirección de Informática<br /> . Dirección de Servicios Generales<br /> Dirección General de Relaciones Interinstitucionales y<br /> Comunicaciones<br /> . Dirección de Relaciones Públicas<br /> . Dirección de Prensa<br /> . Dirección de Comunicación Interinstitucional<br /> . Dirección de Capacitación y Especialización Jurídica<br /> . Jefatura de Biblioteca<br /> . Dirección del Servicio de Atención al Público (SAP)<br /> Art. 2°.- Encomiéndase al Ministerio de Hacienda a adoptar las medidas<br /> administrativas legales y presupuestarias que correspondan para<br /> facilitar la aplicación de este Decreto.<br /> Art. 3°.- El Organigrama Anexo forma parte integrante de este Decreto.<br /> Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del<br /> Interior.<br /> Art. 5°: Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.