Decreto 8302
VISTO: La Ley N° 2836 "Que aprueba el Acuerdo sobre la Facultad
Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) promulgada en la
ciudad de Asunción a los cinco días del mes de diciembre del año
dos mil cinco" ; y
CONSIDERANDO: Que el Acuerdo sobre la Facultad Latinoamericana de
Ciencias Sociales (FLACSO) fue adoptado en la ciudad de
Costa Rica, el 8 de junio de 1979;
Que la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales
(FLACSO), es un organismo internacional de carácter
regional y autónomo, constituido por los países
latinoamericanos y del Caribe, para promover la enseñanza e
investigación en el campo de las Ciencias Sociales en
América Latina, a través de cursos de post grado y
especialización que conduzcan al desarrollo e integración
en los países de la región latinoamericana;
Que la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales
(FLACSO), es un organismo internacional de carácter
regional y autónomo, constituido por los países
latinoamericanos y del Caribe, para promover la enseñanza e
investigación en el campo de las Ciencias Sociales en
América Latina, a través de cursos de post grado y
especialización que conduzcan al desarrollo e integración
en los países de la región latinoamericana;
Que la Ley N° 1264/98 en el Capítulo Conceptos, fines y
principios, Artículo 9º.... "General de Educación
establece: "son fines del Sistema Educativo incisos b) el
mejoramiento de la calidad de la educación, g) la
investigación científica y tecnológica, h) la preparación
para participar en la vida social, política y cultural,
como actor reflexivo y creador en el contexto de una
sociedad democrática, libre y solidaria, i) la formación en
el respeto de los derechos fundamentales y. en el ejercicio
de la tolerancia y de la libertad, j) la capacitación de
técnicos y profesionales en los distintos ramos del
quehacer humano con la ayuda de las ciencias, las artes y
las técnicas;
Que el Artículo 53 de la citada ley expresa: "Las
universidades públicas y privadas, así como las
instituciones superiores de enseñanza, son parte del
sistema nacional de educación. Su funcionamiento se
adecuará a lo dispuesto por la legislación pertinente";
Que el Artículo 55 del mismo cuerpo legal se establece:
"Será objetivo de la educación de postgrado profundizar y
actualizar la formación cultural, docente, científica,
artística y tecnológica mediante la investigación, la
reflexión crítica sobre la disciplina y el intercambio
sobre los avances en las especialidades".
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 90 de la
citada ley N° 1264/98: "El Poder Ejecutivo por medio del
Ministerio de Educación y Cultura asegurará el efectivo
cumplimiento de esta ley y deberá: incisos d) estimular y
desarrollar programas de investigación educativa,
científica y tecnológica, en coordinación con los programas
de las universidades, de los institutos superiores, de
organismos específicos oficiales y centros privados de
investigación y e) gestionar programas de investigación
educativa, científica y tecnológica, en coordinación con
los programas de cooperación técnica y financiera
nacionales e internacionales para promover la calidad de la
educación.
En el Artículo 8° de la Ley General de Educación establece
la obligatoriedad de la coordinación de los planes y
programas de estudio de las universidades e institutos
superiores, en el marco de un único sistema educativo
nacional de carácter público;
Que es necesario coordinar las acciones tendientes al
funcionamiento de la Facultad Latinoamericana de Ciencias
Sociales (FLACSO) en nuestro país;
Que las funciones del Estado, en el ámbito de la educación,
se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura,
según lo prescripto en el Artículo 18 de la Ley..."General
de Educación.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRET A:
Art. 1º.- Desígnase al Ministerio de Educación y Cultura como Organismo
Coordinador de las acciones tendientes al funcionamiento de la sede
académica de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales
(FLACSO), en nuestro país de conformidad a lo establecido en la Ley
Nº 2836/05 "Que aprueba el acuerdo sobre la Facultad
Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)".
Art. 2º.- El presente Decreto seré refrendado por la Ministra de Educación
y Cultura.
Art. 3º.- Comuníquese, publìquese y dese al Registro Oficial.