Decreto 971

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Asunción, 28 de Noviembre de 2008<br /> VISTO: La nota del 11 de noviembre de 2008 radicada por el Ministro,<br /> Secretario Ejecutivo de la Secretaría Nacional de Cultura, en la cual<br /> solicita la modificación del Artículo 2º del Decreto 10278, "Que Reglamenta<br /> la Ley Nº 3051 "nacional de Culutra" y se aprueba la Estructura Orgánica de<br /> la Secretaría Nacional de Cultura"; y<br /> CONSIDERANDO: Que el Artículo 7º de la Ley Nº 3051/06, faculta al Poder<br /> Ejecutivo a establecer la estructura orgánica de la Secretaría Nacional de<br /> Cultura como organismo dependiente de la Presidencia de la República, con<br /> rango ministerial, cuyas funciones es regulada por el Artículo 8º de la<br /> mencionada Ley.<br /> Que resulta necesaria la modificación del mencionado Decreto en<br /> atención a una mejor organización de la Secretaría Nacional de Cultura,<br /> dependiente de la presidencia de la República.<br /> POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY<br /> DECRETA<br /> Art. 1°.- Modifícase el Artículo 2º del Decreto Nº 10278 "Que<br /> Reglamenta la Ley Nº 3051 "Nacional de Cultura", y se aprueba la Estructura<br /> Orgánica de la Secretaría Nacional de Cultura", el cual queda redactado de<br /> la siguiente manera:<br /> Art. 2°.- Apruébase la estructura orgánica de la Secretaría<br /> Nacional de Cultura, creada por Ley Nº 3051/06 "Nacional de Cultura" de la<br /> siguiente manera:<br /> - Órganos de Apoyo<br /> Coordinación General<br /> Dirección General de Gabinete<br /> Asesoría Jurídica<br /> Auditoría Interna<br /> Secretaría Privada<br /> b.- Órganos Administrativos<br /> Dirección General de Administración y Finanzas<br /> c.-Órganos Operativos<br /> Dirección General de Archivos, Bibliotecas y Museos<br /> Dirección General de Patrimonio Cultural<br /> Dirección General de Promoción Cultural Comunitaria<br /> Dirección General de Difusión Cultural<br /> d.- Órganos Descentralizados<br /> Fondo Nacional de Cultura y las Artes (FONDEC)<br /> Centros de Cultura Departamentales y Municipales<br /> e.- Órgano Consultivo<br /> Consejo Nacional de Cultura<br /> Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del<br /> Interior<br /> Art.13.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.<br /> [pic]<br /> -----------------------<br /> Secretaría Privada<br /> Asesoría Juridica<br /> Dirección General de Gabinete<br /> Auditoría Interna<br /> Dirección General de Difusión Cultural<br /> Dirección General de Promoción Cultural Comunitaria<br /> Dirección General de Administración y Finanzas<br /> Dirección General de Patrimonio Cultural<br /> Dirección General de Archivos, Bibliotecas y Museos<br /> Coordinación General<br /> MINISTRO