Acta N° 829 Del 16 De Febrero De 2005.consejo De La Magistratura.reglamento Que Establece Criterios De Selección Y Examenes Para Candidatos A Los Cargos De La Magistratura
Asunción, 16 de febrero de 2005
REGLAMENTO QUE ESTABLECE CRITERIOS DE SELECCIÓN Y EXAMENES PARA CANDIDATOS
A LOS CARGOS DE LA MAGISTRATURA
El régimen comprende los siguientes artículos:
1. Test Psicotécnico y vocacional
2. Pruebas de conocimientos generales y específicos
3. Cursos de Formación
4. Ejercicio de la Profesión de Abogado
5. Ejercicio de la Magistratura
6. Entrevista
7. Totalidad de Puntajes
Disposiciones finales y transitorias
Art. 1°. Test Psicotécnico y vocacional:
El Consejo de la Magistratura del Paraguay remitirá a la Escuela Judicial
del Paraguay una lista de postulantes para los cargos, a quienes se deberán
tomar los exámenes psicotécnico y vocacional.
El test psicotécnico y vocacional tiene como objetivo medir la
personalidad/rasgos emocionales y de carácter, nivel de tolerancia, de
frustración - la inteligencia general específica y lógica, el razonamiento
y la vocación para el cargo vacante al cual se encuentra concursando y de
acuerdo con los perfiles especiales que se establezcan. Estas pruebas serán
tomadas conforme a los edictos publicados por el Consejo de la
Magistratura.
Los test deberán ser elaborados y dirigidos conforme al perfil del cargo al
cual se postula, es decir, para el Juez de Paz, Juez de Justicia Letrada,
Juez de Primera Instancia, Miembro del Tribunal Apelación, Fiscal y
Defensor.
Las pruebas tendrán una validez de 2 años, siendo su duración respecto al
cargo que ha postulado. El puntaje que se le atribuye será de hasta 80.
1) PERFILES
a) Magistrados:
Habilidades cognitivas y comunicacionales:
- conocimiento adecuado de los idiomas castellano y guaraní
- Amplios conocimientos y experiencia referentes al área
- Amplio conocimiento de la realidad social nacional
- Inteligencia general superior
- Capacidad de juicio abstracto
- Capacidad de juicio crítico
- Capacidad de análisis y síntesis
- Objetividad
- Capacidad de expresión oral y escrita
- Habilidad para el uso de vocabulario jurídico
Rasgos de personalidad:
- Autoestima alta
- Seguridad en sí mismo
- Independencia de juicio
- Autonomía
- Prudencia
- Responsabilidad
- Ascendencia
- Sentido de justicia y de equidad
- Ecuanimidad
- Sensatez y equilibrio en sus decisiones
b) Fiscales
Habilidades cognitivas y comunicacionales:
- Conocimientos y experiencia referentes al área
- Inteligencia general superior a la media
- Capacidad de análisis y síntesis
- Conocimientos básicos de Investigación en Ciencias
Sociales
- Objetividad
- Capacidad de atención concentrada y dispersa
- Razonamiento verbal (buena comprensión y expresión oral y
escrita)
- Manejo adecuado de idioma guaraní
- Manejo del vocabulario jurídico
Rasgos de personalidad:
- Autoestima positiva
- Dinamismo
- Iniciativa
- Capacidad de organización
- Equilibrio emocional
- Capacidad de empatía
- Responsabilidad
- Conducta basada en valores
- Compromiso social
- Liderazgo (capacidad de trabajo en equipo)
c) Defensores Públicos:
Habilidades cognitivas y comunicacionales
- Conocimientos y experiencia referentes al área
- Inteligencia general superior a la media
- Capacidad de análisis y síntesis
- Razonamiento verbal (buena comprensión y expresión oral y
escrita)
- Manejo del idioma guaraní
- Manejo del vocabulario jurídico
- Objetividad
Rasgos de Personalidad:
- Autoestima positiva
- Seguridad en sí mismo
- Iniciativa
- Capacidad de empatía
- Responsabilidad
- Conducta basada en valores
- Compromiso social
- Buen manejo de las relaciones interpersonales
- Actitud de respeto y comprensión
2) INDICADORES:
La evaluación psicológica se basa en el estudio de múltiples indicadores
relacionados con los perfiles de competencia. Estos indicadores se obtienen
a partir de la aplicación de métodos e instrumentos de medición y de
predicción de las conductas esperadas.
Los indicadores que servirán para determinar los resultados de la
evaluación serán:
- Respuesta a situaciones de conflicto
- Respuesta a problemas de tipo intelectual
- Nivel de influencia del mundo exterior
- Respuesta a las situaciones de conflicto y las dificultades
- Nivel y forma de adaptación
- Nivel y forma de actividad
- Nivel de interés por los aspectos conceptuales de la situación social
- Capacidad de decisión
- Capacidad de modificar sus puntos de vista ante los argumentos
razonables
- Presentación de resultados de su investigación en forma coherente y
consistente.
- Capacidad para indicar con claridad semejanzas y diferencias en
relación con otros puntos de vista.
- Estructura cognitiva y afectiva relativa al compromiso social.
- Nivel de apertura hacia el cambio social
- Acciones en pro de una sociedad más justa.
- Nivel de ascendencia social.
- Nivel de ascendencia grupal
- Estilo de liderazgo.
- Nivel de eficacia intelectual.
- Nivel de autonomía en la toma de decisiones.
- Estilo de comunicación
- Nivel y forma de respuesta emocional
- Grado de iniciativa.
3) METODOS E INSTRUMENTOS:
Los métodos e instrumentos a ser utilizados son:
- Entrevista
- Análisis de Currículo Vitae
- Inventarios de Personalidad
- Test de Competencia Intelectual (Habilidades Mentales Superiores)
- Test de Atención-Concentración
- Test de competencias Psico-sociales
- Escalas de Motivaciones Psico-sociales
- Cuestionario de Actitud
- Escala de Valores
- Técnicas Proyectivas.
Art. 2°.- PRUEBAS DE CONOCIMIENTOS GENERALES Y ESPECIFICOS:
El Consejo de la Magistratura del Paraguay elaborará un listado de
postulantes para los cargos, a quienes se deberán tomar las pruebas de
conocimientos generales y de conocimientos específicos.
1) Las pruebas de Conocimientos Generales. Se refieren al conocimiento
del Derecho Constitucional que posea el candidato, teniendo en cuenta
la norma constitucional artículo 256.
Estas pruebas se deberán realizar conforme al cargo al cual se
postulan, las mismas comprenden dos etapas: 1. Test de conocimientos
específicos dentro de la materia constitucional conforme al cargo al
cual se postula, como ser Juez de Paz, Juez de Justicia Letrada, Juez
de Primera Instancia, Miembro del Tribunal de Apelación, Fiscal o
Defensor.
2) Las pruebas de Conocimientos Específicos. Se refieren a los
componentes jurídicos de conformidad a la especialidad en cada materia
conforme al cargo en el cual concurse el candidato.
Las pruebas serán escritas bajo la modalidad de test, pudiendo la
Escuela judicial solicitar asesoramiento de otras instituciones o
personas especializadas, para la elaboración de los mismos.
El procedimiento para la realización de las pruebas estará a cargo de
los Miembros del Consejo de la Magistratura con la coordinación de la
Escuela Judicial, en los lugares fijados y de acuerdo a la
reglamentación propuesta por el Consejo de la Magistratura para el
efecto.
Las mismas tendrán una validez de un año y tendrán carácter
obligatorio y eliminatorio. Las calificaciones de las pruebas solo
podrán ser objeto de un recurso de aclaratoria, no de revisión.
La puntuación en las pruebas de Conocimiento General de hasta 100
La puntuación en las pruebas de Conocimientos Específicos de hasta 100
El candidato para proseguir dentro del proceso de selección deberá
alcanzar un puntaje mínimo de 60 puntos en cada una de las pruebas,
caso contrario quedará eliminado del proceso.
Art. 3°.- Cursos de formación:
Los curso de Formación Judicial tienen por objeto proveer de elementos al
Consejo de la Magistratura, acerca de las capacitaciones realizadas por
los candidatos una vez que hayan concluido la carrera de derecho. Serán
considerados como cursos de formación judicial los siguientes: Formación
Inicial y Formación Continua de la Escuela Judicial del Paraguay, Cursos
de Maestrías, Cursos de Especialización, Doctorados, Seminarios-Cursos o
Talleres con más de 40 horas.
1) Formación Inicial de la Escuela Judicial
a. Calificaciones obtenidas
b. Promedio
c. Rendimiento Académico/Administrativo
La puntuación será de hasta 80
2) Formación Contínua de la Escuela Judicial
a. Calificaciones obtenidas en los cursos
La puntuación será de hasta 80
3) Calificaciones obtenidas en los estudios universitarios hasta 20
puntos
4) Curso de Maestrías
a. En función a la materia en que concursa
b. Carga Horaria
c. Calificaciones
d. Presentación y Defensa de Tesina
La puntuación será de hasta 40
5) Cursos de Especialización
a. En función a la materia en que concursa
b. Carga Horaria
c. Calificaciones
La puntuación será de hasta 30
6) Titulo de Doctor
La puntuación será de hasta 60
Suma Cun Laude 60
Cum Laude 40
Distinguido 30
Respecto a las demás calificaciones se realizará la distribución
conforme las puntuaciones previstas en los reglamentos de cada
Universidad.
7) Seminarios-Curso o Talleres
a. Impartidos por Universidades y con m´s de 40 horas presenciales
La puntuación será de hasta 20
8) Publicaciones
Las publicaciones de carácter jurídico y científico con relevancia y
de a especialidad por la cual concursa el candidato, tendrán un
puntaje de hasta 50 considerando el volumen del mismo.
9) Ejercicio de la Docencia Universitaria
El ejercicio de la docencia en cátedra jurídica, ganada por concurso
en la especialidad por la cual concursa el candidato, tendrá una
puntuación de hasta 40.
Art. 4°.- Ejercicio de la profesión:
Será considerada dentro de los ítems de criterios de selección, el tiempo
de ejercicio de la profesión de abogado que se probará por medio de una
declaración jurada, se deberá acompañar el informe de la Corte Suprema de
Justicia donde conste que el abogado no ha sido objeto de Apercibimiento,
Multa o Casación de Matrícula.
Puntajes atribuidos:
1 a 5 años hasta 5 puntos. Si tiene cinco años o menos un punto por cada
año.
Si tiene más de 5 años, 2 puntos por cada año de ejercicio hasta un máximo
de 50 puntos.
Art. 5°.- Ejercicio de la Magistratura:
Será considerado dentro de los ítems de criterios de selección, el
desempeño del ejercicio de la Magistratura, Fiscalía o Defensoría, debiendo
la Corte Suprema de Justicia o el Ministerio Público en su caso remitir la
evaluación de desempeño en el tiempo del ejercicio de la actividad
judicial.
Puntajes Atribuidos:
1 a 5 años hasta 5 puntos. Si tiene cinco años o menos un punto por cada
año.
Si tiene más de 5 años, 2 puntos por cada año de ejercicio hasta un máximo
de 50 puntos.
Art.. 6°.- Entrevista:
La entrevista es un ítem del proceso de selección en la cual se evaluarán
los atributos humanos dificilmente valorables mediante otros
procedimientos, en especial aspectos como la ética, la independencia de
criterios, la iniciativa, las relaciones interpersonales, el manejo de
conflictos, la responsabilidad, las inclinaciones o preferencias, las
motivaciones, gerenciamiento del despacho y el conocimiento adecuado de los
idiomas español y guaraní, conforme a la guía elaborada por los
profesionales habilitados al efecto, teniendo en cuenta el cargo al cual se
postula. Las entrevistas tendrán una validez de 1 año.
Puntaje atribuido: hasta 200
Art. 7°.- Totalidad de Puntajes:
La suma de los puntajes asignados a cada etapa da un total de hasta 1000
puntos.
Disposiciones finales y transitorias:
Art. 1°.- El presente reglamento entrará en vigencia a partir del 18 de
Febrero de 2005. Será facultad discrecional del Consejo de la Magistratura
aumentar el puntaje de las entrevistas hasta tanto se apliquen en su
totalidad los test psicontécnicos y vocacional que se implementarán en el
futuro de conformidad a la disponibilidad y realizados los ajustes
pertinentes, De igual manera se procederá con aquellos candidatos que no
han cursado la Escuela Judicial a fin de no afectar el Principio de
Igualdad.
Art. 2°.- El Reglamento deberá ser comunicado y remitido a los Poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial conforme al Art. 47 de la Ley N° 296/94
"Que organiza el funcionamiento del Consejo de la Magistratura" y será
ampliamente difundido.