Decreto Nº 20 De Nero De 2009. Por El Cual Se Integra Una Comisión Para La Elaboración, Planificaión, E Implementación De La Campaña Nacional De Alfabetización
VISTO: El compromiso asumido por el Gobierno Nacional en el
proceso de planificación e implementación de una Campaña
Nacional para erradicar el analfabetismo en el país; y
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional estableció como meta de uno de
los objetivos de Desarrollo del Milenio, el inicio de
un proceso de planificación de una Campaña Nacional
para erradicar el analfabetismo en el país.
Que la Dirección General de Educación Permanente del Ministerio de
Educación y Cultura, precisa de profesionales
especializados en ciertos campos específicos, que
cuenten además con la disponibilidad de tiempo
necesario para dedicarse a elaborar el diseño
definitivo de la Campaña Nacional de alfabetización,
establecer el organigrama, diseñar la propuesta
pedagógica, elaborar un plan de formación de
facilitadotes, diseñar una estrategia comunicacional,
iniciar contactos para la selección de coordinadores,
enlaces, y equipos de apoyo, por lo que se hace
necesario integrar una comisión encargada de la
elaboración, planificación e implementación de la
Campaña Nacional de Alfabetización a cargo del
Gabinete Social de la Presidencia de al República.
Que el Artículo 238, Numeral 1) de la Constitución Nacional, faculta
a quien ejerce la Presidencia de la República a
dirigir la Administración General del país.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1°.- Intégrase una Comisión para la elaboración, planificación e
implementación de la Campaña Nacional de Alfabetización para
erradicar el analfabetismo en el país, conforme a los propósitos
expuestos en el exordio de este Decreto, a cargo del Gabinete
Social de la Presidencia de la República, la cual estará
constituida por las siguientes personas:
1. Don Miguel Ángel López Perito, Ministro, Secretario General y
Jefe del Gabinete Civil, y Coordinador del Gabinete Social de la
Presidencia de la República.
2. Doña Diana Serafíni, Directora General de la Dirección General de
Educación Permanente del Ministerio de Educación y Cultura.
3. Don Melquíades Alonso.
4. Don Esteban Ortega.
5. Don Luís Vallovera.
6. Don Adalberto Centurión.
Art. 2°.- Autorízase a la Comisión integrada a administrar los recursos
del proyecto y a contratar a las personas necesarias para el
cumplimiento de sus objetivos, para elaborar el diseño definitivo
de la Campaña Nacional, establecer el organigrama, diseñar la
propuesta pedagógica, elaborar un plan de formación de
facilitadotes, diseñar una estrategia comunicacional, iniciar
contactos para la selección y contratación de coordinadores,
enlaces, equipos de apoyo, y otras medidas necesarias para la
elaboración, planificación e implementación de la Campaña de
referencia.
Art. 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a adoptar las medidas
administrativas y legales que correspondan para facilitar la
aplicación de este Decreto.
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de
Educación y Cultura.
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.