Ley 1029
LEY Nº 1.029
QUE AUTORIZA AL CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA (CONAVI), DENTRO DEL
MARCO DE LA LEY Nº 888/96 Y AL PROGRAMA DE REGULARIZACION DE
ASENTAMIENTOS EN MUNICIPIOS, A DAR SOLUCION A PROBLEMAS
HABITACIONALES
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- El Consejo Nacional de la Vivienda y el Programa de
Regularización de Asentamientos en Municipios darán solución habitacional
a los afectados del Barrio Ricardo Brugada lugar denominado "Pelopincho",
dentro del Programa de Subsidio Habitacional Directo dentro de la
categoría Nº 5 que corresponde al 75% de subsidio y el 25% que
corresponderá al aporte del Programa de Regularización de Asentamientos
en Municipios.
Artículo 2º.- El Programa de Regularización de Asentamientos en
Municipios podrá adquirir en Asunción los inmuebles en los cuales se
hallan ubicados los asentamientos denominados "Virgen del Rosario" y
"Stella Maris", del barrio Itá Enramada, de conformidad con lo
establecido en los reglamentos de funcionamiento del Programa de
Regularización de Asentamientos en Municipios.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiocho días del mes
de noviembre del año un mil novecientos noventa y seis, y por la
Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veinte días del
mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y seis.
Atilio Martínez Casado Miguel
Abdón Saguier
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Edgar Miguel Ramírez Cabrera Víctor
Sánchez Villagra
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 30 de diciembre de
1996
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el
Registro Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Luis Vera Cañisa
Viceministro de Administración Financiera
Sustituto
Ministro de Hacienda