Ley 1058
[pic]
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 1058/1984
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE "HUGO STROESSNER", A ERIGIR UN MONUMENTO
EN HOMENAJE A DON HUGO STROESSNER
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1º.- Autorizase a la Municipalidad de "Hugo Stroessner", a erigir un
monumento en homenaje a don Hugo Stroessner.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS DIEZ Y SIETE
DIAS DEL MES DE MAYODEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CÁMARA DE
SENADORES
RUBEN O. FANEGO
JUAN C. MASULLI G.
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 23 de mayo de 1984
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO
ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA