Ley 1067
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.067
QUE DEROGA LA LEY N° 1.292 DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1987, QUE CREA LA
DIRECCION DE EXPLOTACION GEOMINERALOGICA "CHOFERES DEL CHACO".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Derógase la Ley N° 1.292 del 18 de diciembre de 1987,
QUE CREA LA DIRECCION DE EXPLOTACION GEOMINERALOGICA "CHOFERES DEL CHACO".
Artículo 2º.- El patrimonio de la DEGCHACO será transferido en su
totalidad a la Dirección de Recursos Minerales del Ministerio de Obras
Públicas y Comunicaciones.
Artículo 3º.- Los funcionarios que actualmente prestan servicios en
la DEGCHACO serán incorporados al Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones.
Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo dispondrá lo necesario para el
cumplimiento de la presente ley.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciocho días del mes de
diciembre del año un mil novecientos noventa y seis, y por la Honorable
Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veintidós días del mes de mayo
del año un mil novecientos noventa y siete.
|Atilio Martínez Casado |Miguel Abdón Saguier |
|Presidente H. Cámara de Diputados |Presidente H. Cámara de Senadores|
| | |
|Francisco Díaz Calderara | |
|Secretario Parlamentario |Nilda Estigarribia |
| |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 9 de junio de 1997.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
|Hugo Estigarribia Elizeche |Gustavo Adolfo Pedrozo |
|Ministro de Defensa Nacional |Ministro de Obras Públicas y |
| |Comunicaciones |