Ley 1091
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.091
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD
DE ASUNCION A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES
UNA FRACCION DE TERRENO INDIVIDUALIZADA COMO FINCA Nº19.183 DEL DISTRITO DE
SAN ROQUE DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Asunción, a transferir a título oneroso a favor de
sus actuales ocupantes, una fracción de terreno individualizado como Finca
Nº 19.183, del distrito de San Roque, con Ctas.Ctes.Ctrales. Nºs 12-706 y
12-1.056 del citado Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los
siguientes:
LINEAS 1-2: Con rumbo magnético N-68º 36' 15" E (Norte-sesenta
y ocho grados, treinta y seis minutos, quince segundos- Este), mide 60,50
ms. (Sesenta metros con cincuenta centímetros), linda con la calle Madrina
de la Guerra del Chaco;
LINEAS 2-3: Con rumbo magnético N-80º 49' 46" E (Norte-ochenta
grados, cuarenta y nueve minutos, cuarenta y seis segundos- Este), mide
40,30 ms. (Cuarenta metros con treinta centímetros), linda con propiedad
privada.
LINEAS 3-4: Con rumbo magnético S-21º 24' 14" E (Sur-veintiún
grados, veinticuatro minutos, catorce segundos, Este), mide 91,25 ms.
(Noventa y un metros con veinticinco centímetros), linda con la calle Mayor
Sinforiano Rodríguez;
LINEAS 4-5: Con rumbo magnético S-68º 35' 24" W (Sur-sesenta y
ocho grados, treinta y cinco minutos, veinticuatro segundos- Oeste), mide
100 ms. (Cien metros), linda con la calle Capitán Caballero Alvarez;
LINEAS 5-1: Con rumbo magnético N-21º 20' 14" W (Norte-veintiún
grados, veinte minutos, catorce segundos- Oeste), mide 99,80 ms. (Noventa y
nueve metros con ochenta centímetros), linda con la calle Tte. René
Brugada.
SUPERFICIE: 9.805,0282 ms2. (Nueve mil ochocientos cinco metros
cuadrados con doscientos ochenta y dos centímetros cuadrados).
Artículo 2º.- Lo obtenido por la Municipalidad por la venta del
inmueble individualizado como Finca Nº 19.183, será destinado
exclusivamente en la adquisición de otros inmuebles para espacio verde o
plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a diez días del mes de abril del
año un mil novecientos noventa y siete, y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a diez días del mes de julio del año un mil
novecientos noventa y siete.
|Atilio Martínez Casado |Rodrigo Campos Cervera |
|Presidente H. Cámara de Diputados |Presidente H. Cámara de Senadores |
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|Heinrich Ratzlaff Epp |Elba Recalde |
|Secretario Parlamentario |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 25 de julio de 1997.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Miguel Angel Ramírez
Ministro del Interior