Ley 1097
[pic]
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 1097/1984
QUE CREA EL MUNICIPIO DE ÑACUNDAY, DEL X° DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA Y UNA
MUNICIPALIDAD DE TERCERA CATEGORÍA
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1º.- Créase el Distrito de Ñacunday, del Departamento de Alto Paraná
creado por Ley N° 426, del 7 de diciembre de 1973, cuyos límites son
los siguientes:
AL NORTE: Una línea imaginaria que parte de la Rivera del Río
Paraná, a la altura de la Isla Paranambú, con una
extensión de 21 kilómetros aproximadamente, que sigue la
dirección de la alambrada de la Fiduciaria S.A. Desde el
extremo Norte de esta línea baja la picada Agries que lo
separa del Distrito Domingo Martínez de Irala hasta
intersectar el Río Ñacunday, cuyo curso se sigue con
dirección Este hasta su confluencia con el Arroyo Yñaró,
y por este Arroyo hasta su confluencia con el Arroyo
Charará.
AL SUR: El Río Yacuy-Guazú en todo su curso, desde su
desembocadura en el Río Paraná hasta su intersección con
una línea imaginaria que lo une con el arroyo Charará;
límite con el Departamento de Itapúa.
AL ESTE: El Río Paraná desde la altura de la Isla Paranambú hasta
la desembocadura del Río Yacuy-Guazú.
AL OESTE: El Arroyo Charará en todo su curso, desde su
confluencia con el Arroyo Yñaró hasta el punto en que
intercepta la línea imaginaria que une con el Río Yacuy-
Guazú, que lo separa del VI° Departamento de Caazapá.
Art. 2°.- Créase una Municipalidad de Tercera Categoría en el Distrito
delimitado en el Artículo anterior
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS CATORCE DIAS
DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CÁMARA DE
SENADORES
RUBEN O. FANEGO
JUAN C. MASULLI G.
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO
Asunción, 20 de Diciembre de 1984
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO
ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA