Ley 11
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 11
QUE APRUEBA EL DECRETO-LEY Nº 14 DEL 5 DE MARZO DE 1992, POR EL CUAL SE
DISPONE QUE PETROLEOS PARAGUAYOS (PETROPAR) TRANSFIERA AL TESORO NACIONAL
LA SUMA DE G. 6.500.000.000 (SEIS MIL QUINIENTOS MILLONES DE GUARANIES) DE
SUS UTILIDADES NETAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 1991.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley Nº 14 de fecha 5 de marzo de 1992
"Por el cual se dispone que Petróleos Paraguayos (PETROPAR) transfiera al
Tesoro Nacional la suma de G. 6.500.000 (Seis mil quinientos millones de
guaraníes) de sus utilidades netas correspondientes al Ejercicio 1991",
cuyo texto es el siguiente:
"Art. 1º.- Dispónese que Petróleos Paraguayos (PETROPAR) transfiera al
Tesoro Nacional la suma de G. 6.500.000.000 (Seis mil quinientos
millones de guaraníes), de sus utilidades netas correspondientes al
Ejercicio 1991, que formarán parte de los recursos del Fondo para
asistir financieramente al productor del algodón. Esta suma será
reconocida como gasto deducible para la liquidación del tributo
previsto en el Decreto Ley Nº 9.240/49".
Art. 2º.- La medida dispuesta en el artículo anterior del presente
Decreto-Ley no afectará la obligación de Petróleos Paraguayos
(PETROPAR), prevista en el Artículo 43 de la Ley Nº 1.182/85".
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a cuatro días del mes de junio del
año un mil novecientos noventa y dos y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a nueve días del mes de julio del año un mil
novecientos noventa y dos.
|José A. Moreno Rufinelli |Gustavo Díaz de Vivar |
|Presidente |Presidente |
|Honorable Cámara de Diputados|Honorable Cámara de |
| |Senadores |
| | |
|Carlos Galeano Perrone |Julio Rolando Elizeche |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 28 de julio de 1992.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Juan José Diaz Pérez
Ministro de Hacienda