Ley 112
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 112/90
POR LA CUAL SE ACEPTA LA DONACION A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO DE 500
HAS. DE UN INMUEBLE RURAL UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE ITAPUA,
DISTRITO SAN RAFAEL DEL PARANA, LUGAR DENOMINADO PTO. SAN LORENZO,
PERTENECIENTE A LA CONGREGACIÓN DEL VERBO DIVINO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Acéptase la donación a favor del Estado Paraguayo de
500 Has. de un inmueble rural ubicado en el Departamento de Itapúa,
Distrito San Rafael del Paraná, lugar denominado Pto. San Lorenzo,
individualizado como Finca Nº 5191, perteneciente a la Congregación del
Verbo Divino.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el catorce de setiembre del
año un mil novecientos noventa y por la Honorable Cámara de Diputados,
sancionándose la Ley, el diez y siete de diciembre del año un mil
novecientos noventa.
|José A. Moreno | |Waldino Ramón Lovera |
|Ruffinelli | |Presidente |
|Presidente | |H. Cámara de Senadores |
|H. Cámara de Diputados | | |
|Carlos Caballero Roig | |Evelio Fernández |
|Secretario Parlamentario| |Arévalos |
| | |Secretario Parlamentario|
Asunción, 4 de Enero de 1991
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Enzo Debernardi Orlando Machuca Vargas Raúl Torres Segovia
Ministro de Hacienda Ministro del Interior Ministro de Agricultura y
Ganadería