Ley 1134
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PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 1134/1985
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE GUARAMBARE, A TRANSFERIR A TITULO
GRATUITO, A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO, UNA FRACCION DE TERRENO DE SU
PATRIMONIO PRIVADO ACTUAL ASIENTO DEL CENTRO DE SALUD
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1º.- Autorizase a la Municipalidad de Guarambaré, a transferir a
titulo gratuito, a favor del Estado Paraguayo, una fracción de
terreno de su patrimonio privado actual asiento del Centro de Salud,
cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
FRENTE NORTE: mide 80 metros, linda con la calle Gral. Genes.
CONTRA FRENTE: Al Sur mide 80 metros, linda con la calle
Curupayty.
AMBOS COSTADOS: miden 130 mts., linda al Este con una fracción
de terreno municipal y al oeste - con la calle
Pedro Quintana.
SUPERFICIE: 10.400 m2. ( Diez mil cuatrocientos metros
cuadrados)
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS TREINTA DIAS
DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CÁMARA DE
SENADORES
JUAN ROQUE GALEANO CARLOS
MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 9 de setiembre de 1985
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO
ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA