Ley 1142
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 1142/1985
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE BENJAMÍN ACEVAL, A ERIGIR UN BUSTO DEL
DR. BENJAMÍN ACEVAL
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1º.- Autorizase a la Municipalidad de Benjamín Aceval, a erigir
un busto en memoria del Dr. Benjamín Aceval.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS VEINTE Y
SEIS DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y
CINCO.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CÁMARA DE
SENADORES
JUAN ROQUE GALEANO CARLOS
MARIA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 7 de octubre de 1985
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO
ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR PRESIDENTE
DE LA REPUBLICA