Ley 1158
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.158
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO
A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA
No. 2.163 FRACCION "A", UBICADO EN EL LUGAR DENOMINADO "CAACUPEMI",
DISTRITO DE AREGUA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1o.- Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de
Asunción a transferir a título gratuito a favor de sus actuales ocupantes
una fracción de terreno identificada como Finca No. 2.163 Fracción "A",
ubicada en el lugar denominado "Caacupemí", Distrito de Areguá, cuyas
dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA b-a: Con rumbo N-44º 05' 10"-E (Norte, cuarenta y cuatro
grados, cinco minutos, diez segundos, Este), con una distancia de
47,39 ms. (cuarenta y siete metros con treinta y nueve centímetros),
linda con la Fracción "B" a ser adjudicada a Margarita Leiva de
Martínez;
LINEA a-4: Con rumbo S-47º 14' 17"-E (Sur, cuarenta y siete
grados, catorce minutos, diecisiete segundos, Este), con una distancia
de 122,18 ms. (ciento veintidos metros con dieciocho centímetros),
linda con derechos de Guadalupe Martínez;
LINEA 4-5: Con rumbo S-45º 25' 51"-E (Sur, cuarenta y cinco
grados, veinticinco minutos, cincuenta y un segundos, Este), con una
distancia de 307,46 ms. (trescientos siete metros con cuarenta y seis
centímetros), linda con derechos de Guadalupe Martínez;
LINEA 5-6: Con rumbo S-51º 40' 54"-W (Sur, cincuenta y un
grados, cuarenta minutos, cincuenta y cuatro segundos, Oeste), con una
distancia de 53 ms. (cincuenta y tres metros), linda con derechos de
Severiano Leiva;
LINEA 6-7: Con rumbo N-43º 33' 08"-W (Norte, cuarenta y tres
grados, treinta y tres minutos, ocho segundos, Oeste), con una
distancia de 167,38 ms. (ciento sesenta y siete metros con treinta y
ocho centímetros), linda con antiguos derechos de don Romualdo Rodas;
LINEA 7-8: Con rumbo N-46º 33' 55"-W (Norte, cuarenta y seis
grados, treinta y tres minutos, cincuenta y cinco segundos, Oeste),
con una distancia de 171,33 ms. (ciento setenta y un metros con
treinta y tres centímetros), linda con antiguos derechos de don
Romualdo Rodas;
LINEA 8-b: Con rumbo N-45º 55' 54"-W (Norte, cuarenta y cinco
grados, cincuenta y cinco minutos, cincuenta y cuatro segundos,
Oeste), con una distancia de 84,63 ms. (ochenta y cuatro metros con
sesenta y tres centímetros), linda con antiguos derechos de don
Romualdo Rodas;
SUPERFICIE: 2 has., 935 ms2., 7.795 cms2. (dos hectáreas,
novecientos treinta y cinco metros cuadrados con siete mil setecientos
noventa y cinco centímetros cuadrados).
Artículo 2o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta y un días del mes
de julio del año un mil novecientos noventa y siete, y por la Honorable
Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a dieciséis días del mes de
octubre del año un mil novecientos noventa y siete.
|Atilio Martínez Casado |Rodrigo Campos Cervera |
|Presidente H. Cámara de Diputados |Presidente H. Cámara de |
| |Senadores |
|Heinrich Ratzlaff Epp | |
|Secretario Parlamentario |Elba Recalde |
| |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 30 de octubre de 1997.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el
Registro Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Miguel Angel Ramírez
Ministro del Interior