Ley 1162
CAMARA DE REPRESENTANTES
DECRETO LEY N° 409
LEY N° 1162
QUE APRUEBA EL DECRETO LEY Nº 409, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 1966, QUE
PRORROGA PARA LA ZAFRA DEL AÑO 1966 EL DECRETO-LEY N° 378/64, APORBADO
POR LEY N° 1083/1965 "QUE ESTABLECE EL REGIMEN FISCAL PARA LAS
EMPRESAS QUE INDUSTRIALIZAN EL GANADO VACUNO".
LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES DE LA NACION PARAGUAYA, SANCIONA CON
FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto - Ley Nº 409, de fecha 18 de
febrero de 1966 "QUE PRORROGA PARA LA ZAFRA DEL AÑO 1966 EL DECRETO-
LEY N° 378/64, APORBADO POR LEY N° 1083/1965 "QUE ESTABLECE EL REGIMEN
FISCAL PARA LAS EMPRESAS QUE INDUSTRIALIZAN EL GANADO VACUNO"", cuyo
texto es el siguiente:
Art.1º.- Prorrógase el régimen fiscal establecido por el
Decrto-Ley N° 378/64, aprobado por Ley N° 1083/65 para ser
aplicado a la zafra correspondiente al año 1966, de las
siguientes empresas: Liebig's Extract Of Meat Company Limited,
Industria Paraguaya de Carnes S.A. y Meat Parking División of
Internacional Products Corporation.
Art. 2º.- Las disposiciones del presente Decreto-Ley
regirán para la zafra del año 1966 y, a más tardar, hasta
finalizar la exportación de los productos y sub-productos de
dicha zafra.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Representantes
de la Nación, a veintidós de julio agosto del año un mil novecientos
sesenta y seis.
Pedro C. Gauto Samudio. J. Eulogio
Estigarribia.
Secretario.
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 29 de julio de 1966.
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN REGISTRO
OFICIAL.
César Barrientos
Alfredo Stroessner.