Ley 1169
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.169
QUE MODIFICA LA LEY No. 910/96 "QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL
Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LAMBARE, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A
FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE
LA FINCA No. 16.773, UBICADO EN EL BARRIO VALLE APUA DEL CITADO MUNICIPIO"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1o.- Modifícase la Ley No. 910 del 5 de julio de 1996 "QUE
DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE
LAMBARE, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES,
UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA No. 16.773, UBICADO EN
EL BARRIO VALLE APUA DEL CITADO MUNICIPIO", cuyo texto queda redactado de
la siguiente forma:
"Art. 1o.- Desaféctase del dominio público municipal y
autorízase a la Municipalidad de Lambaré a transferir a título oneroso
a favor de sus actuales ocupantes, un inmueble individualizado como
parte de la Finca No. 16.773, con Cta. Cte. Ctral. No. 13-1245-10,
identificados como Lotes Ns. 5, 6, 7 y 8 de la Manzana 1.245 de la
Zona 13, ubicado en el Barrio Valle Apua del citado municipio, cuyas
dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Mide 33,99 ms. (treinta y tres metros con noventa y
nueve centímetros), linda con el lote con Cta. Cte. Ctral. No. 13-1245-
09;
AL SUR: Mide 34,35 ms. (treinta y cuatro metros con treinta y
cinco centímetros), linda con los lotes con Ctas. Ctes. Ctrales. Ns.
13-1245-06, 13-1245-05 y 13-1245-04;
AL ESTE: Se compone de tres quebradas. La primera mide 24,40
ms. (veinticuatro metros con cuarenta centímetros), linda con calle
pública. La segunda mide 13,71 ms. (trece metros con setenta y un
centímetros), linda con calle pública. La tercera mide 14,55 ms.
(catorce metros con cincuenta y cinco centímetros), linda con calle
pública; y,
AL OESTE: Mide 52,22 ms. (cincuenta y dos metros con veintidós
centímetros), linda con los lotes con Ctas. Ctes. Ctrales. Ns. 13-1245-
15, 13-1245-14, 13-1245-13, 13-1245-12 y 13-1245-11.
SUPERFICIE: 1.791,9.306 ms2. (un mil setecientos noventa y un
metros cuadrados con nueve mil trescientos seis centímetros
cuadrados)".
Artículo 2o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a siete días del mes de
agosto del año un mil novecientos noventa y siete, y por la Honorable
Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a treinta días del mes de
octubre del año un mil novecientos noventa y siete.
|Atilio Martínez Casado |Rodrigo Campos Cervera |
|PresidenteH. Cámara de Diputados |Presidente H. Cámara de Senadores |
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|Heinrich Ratzlaff Epp |Elba Recalde |
|Secretario Parlamentario |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 12 de noviembre de 1997.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Miguel Angel Ramírez
Ministro del Interior