Ley 1191
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1191/1986
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN A DENOMINAR UNA CALLE DE LA
CIUDAD CON EL NOMBRE DE "PEDRO GARCIA"
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Asunción, a denominar una
calle de la ciudad con el nombre de "Pedro García".
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A LOS VEINTE Y CUATRO
DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CAMARA DE
SENADORES
JUAN ROQUE GALEANO CARLOS
MARÍA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 8 de agosto de 1986
TÉNGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLÍQUESE E INSÉRTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO ALFREDO
STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA