Ley 1194
CAMARA DE REPRESENTANTES
LEY N° 1194
QUE DISPONE LA TRANSFERENCIA DE CERTIFICADO DE OBRAS A FAVOR DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL.
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Art. 1°. - La Municipalidad de Lambaré transferirá a favor de la
Municipalidad de la Capital, los Certificados de Obras
correspondientes a los inmuebles ubicados en la franja Sur de toda
la extensión de la Avenida "Dr. Fernando de la Mora", que se hallen
afectados por las obras de urbanización y pavimentación que realice
la Municipalidad de la Capital. Las liquidaciones de costos de obras
serán realizadas por la Municipalidad de la Capital.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de Representantes
de la Nación, a treinta y uno de agosto del año un mil novecientos
sesenta y seis.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Eulojio Estigarribia
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 31 de agosto de 1966.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
Edgar L. Insfrán Alfredo Stroessner