Ley 12

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N( 12/90<br /> QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD<br /> DE CIUDAD DEL ESTE, DOS FRACCIONES DE TERRENOS, PROPIEDAD DE LOS<br /> SEÑORES ALFREDO STROESSNER MATIAUDA Y MARIO ABDO BENITEZ<br /> RESPECTIVAMENTE.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.-Declárese de interés social y exprópianse a favor de la<br /> Municipalidad de Ciudad del Este, dos fracciones de terrenos,<br /> individualizadas como finca Nº 2925, año 1973, Distrito de Ciudad del Este,<br /> de una superficie de 7 hectáreas y 4.250 metros cuadrados, propiedad del<br /> Señor Alfredo Stroessner Matiauda, y la finca nº 2.771, año 1.979, Distrito<br /> de Ciudad del Este, de una superficie de 1 hectárea y 1.887 metros<br /> cuadrados, propiedad del Señor Maria Abdo Benítez.<br /> Artículo 2º.-Procédase a indemnizar a los propietarios de las<br /> fracciones expropiadas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 96 de<br /> la Constitución Nacional.<br /> Artículo 3º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veinte y cuatro de mayo<br /> del año un novecientos noventa y por la Honorable Cámara de Diputados,<br /> sancionándose la Ley, el catorce de junio del año un mil novecientos<br /> noventa.<br /> |Rubén O. Fanego | |Delio Fariña |<br /> |Vice- Presidente 1º | |Vice-Presidente 1º |<br /> |H.Cámara | |H.Cámara |<br /> |de Diputados en | |de Senadores en Ejericio|<br /> |Ejercicio de la | |de la |<br /> |Presidencia | |Presidencia |<br /> |Carlos Galeano Perrone | |Julio Rolando Elizeche |<br /> |Secretario Parlamentario| |Secretario Parlamentario|<br /> Asunción, 28 de Junio de 1990<br /> Téngase por Ley de la República , publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Andrés Rodríguez<br /> Orlando Machuca Vargas<br /> Ministro del Interior