Ley 1200

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1.200<br /> QUE CONCEDE PENSIONES GRACIABLES A VARIAS PERSONAS<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Concédese pensión graciable de G. 300.000 (trescientos<br /> mil guaraníes) mensuales, al Señor Luis Beltrán Ferreira Portillo, heredero<br /> del extinto excombatiente de la Guerra del Chaco, Don Luis Ferreira Ozorio.<br /> Artículo 2º.- Concédese pensión graciable de G. 300.000 (trescientos<br /> mil guaraníes) mensuales, a favor de la Señora Lucía Morínigo Navarro Vda.<br /> de Mieres, esposa del excombatiente de la Guerra del Chaco, Soldado Claudio<br /> Mieres.<br /> Artículo 3º.- Concédese pensión graciable de G. 300.000 (trescientos<br /> mil guaraníes) mensuales, a favor de la Señora Juliana Oviedo Vda. de<br /> Bruno, esposa del excombatiente de la Guerra del Chaco, Don Robustiano<br /> Bruno.<br /> Artículo 4º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectivas las<br /> pensiones dispuestas en esta Ley serán proveídos por la Dirección General<br /> del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la<br /> Sub-Secretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de<br /> Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.<br /> Artículo 5º.- Los beneficiarios de la presente Ley no podrán acogerse<br /> a otros beneficios jubilatorios.<br /> Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veintiocho de agosto del<br /> año un mil novecientos noventa y siete y por la Honorable Cámara de<br /> Diputados, sancionándose la Ley, el veinte de noviembre del año un mil<br /> novecientos noventa y siete.<br /> |Atilio Martínez Casado |Rodrigo Campos Cervera |<br /> |Presidente H. Cámara de Diputados |Presidente H. Cámara de Senadores |<br /> | | |<br /> |Rubén Darío Fornerón |Miguel Ángel González Casabianca |<br /> |Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |<br /> Asunción, 11 de diciembre de 1997<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el<br /> Registro Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy Monti<br /> Miguel Ángel Maidana Zayas<br /> Ministro de Hacienda