Ley 1200
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1200/1986
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA LAS TIERRAS DENOMINADAS CAMPO MBOI
UBICADAS EN LOS DISTRITOS DOMINGO MARTINEZ DE IRALA Y HERNANDARIAS,
INSCRIPTAS COMO FINCAS N°S. 40 Y 150115 Y SUS DESPRENDIMIENTOS EN LA
DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1°.- Declárase de interés social y exprópianse las tierras
denominadas Campo Mbói, ubicadas en los Distritos de Domingo
Martínez de Irala y Hernandarias, inscriptas como Fincas N°s. 40 y
150115 y sus desprendimientos en la Dirección General de los
Registros Públicos, con una superficie de 1363 Ha.; 1905 mts2.
respectivamente.
Art. 2°.- Procédase a indemnizar a los propietarios de las fracciones
expropiadas de conformidad a lo dispuesto en el Art. 96 de la
Constitución Nacional.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A LOS VEINTE Y UN DIAS
DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CAMARA DE
SENADORES
JUAN ROQUE GALEANO CARLOS
MARÍA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 1 de setiembre de 1986
TÉNGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLÍQUESE E INSÉRTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
HERNANDO BERTONI GRAL. DE EJERCITO ALFREDO
STROESSNER
MINISTRO DE AGRICULTURA PRESIDENTE DE
LA REPUBLICA
Y GANADERIA