Ley 1202
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1204/1986
QUE CREA EL DISTRITO "LA PAZ" DEL DEPARTAMENTO DE ITAPUA Y UNA
MUNICIPALIDAD DE TERCERA CATEGORÍA
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1°.- Créanse el Distrito "LA PAZ" del Departamento de itapúa y a
este efecto desafectáse del Distrito de Fram, con los siguientes
límites:
AL NORTE : Línea 1-2: Con rumbo magnético N-67º 00' 00" E, mide
en línea recta 7.100 mts.
El límite natural es el arroyo Tacuary-Jhú desde el mojón
N° 1 ubicado en la desembocadura del Arroyo Tacuary en el
mas arriba nombrado, hasta el mojón N° 2. .
Línea 2-3: Con rumbo magnético S-30º 00' 00" E, mide en
línea recta 1.300 mts.
El límite natural es el arroyo Tacuary-Jhú desde el mojón
N° 2 ubicado en la desembocadura del Arroyo Mbery en el
anterior, hasta el mojón N° 3.
Línea 3-4: Con rumbo magnético N-17º 02' 00'' W, mide en
línea recta 1.200 mts.
El límite natural es el arroyo Tacuary-Jhú desde el mojón
N° 3 ubicado en la desembocadura del Arroyo Suelo-Cué en el
mas arriba nombrado.
Línea 4-5: Con rumbo magnético N-60º 00' 00'' E, mide 2.500
mts.
El límite natural es el arroyo Tacuary-Jhú desde el mojón
N° 4 ubicado en la desembocadura de un arroyito sin nombre
en el Arroyo Tacuary-Jhú.
Línea 5-6: Con rumbo magnético N-10º 00' 00' W', mide en
línea recta 450 mts.
El límite natural es el arroyo Tacuary-Jhú desde el mojón
N° 5 ubicado en el lugar por donde cruza un camino vecinal
que se prolonga desde la calle 6 y una a la Compañía
Oculto, hasta el mojón N° 6.
Línea 6-7: Con rumbo magnético S-88º 00' 00' E, mide en
línea recta 3.500 mts.
El límite natural es el arroyo Tacuary-Jhú desde el mojón
N° 6 ubicado en la desembocadura del Arroyo Frazada, hasta
el mojón N° 7.
Línea 7-8: Con rumbo magnético N-50º 00' 00' E, mide en
línea recta 2.000 mts.
El límite natural es el arroyo Tacuary-Jhú desde el mojón
N° 7 ubicado en la confluencia con otro brazo del mismo,
hasta el mojón N° 7.
Línea 8-9: Con rumbo magnético N-49º 00' 00' E, mide en
línea recta 1.400 mts.
El límite natural es una línea que parte del mojón N° 8,
ubicado en la confluencia de dos pequeños arroyitos,
afluentes del Tacuary-Jhú, hasta el mojón N° 9.
Línea 9-10. Una línea imaginaria, con rumbo magnético S-37°
02' 00'' E, que mide 900 mts. Esta línea nace en el mojón
N° 10, ubicado en un recodo del camino vecinal nombrado en
el párrafo anterior y termina en el mojón N° 11.
Línea 10-11: Con rumbo magnético S-37º 02' 00' E, 4.650
mts.
El límite natural es la calle denominada E, desde el mojón
N° 11, hasta el mojón N° 11 hasta el mojón N° 12.
Línea 11-12: Con rumbo magnético S-44º 00' 00' W, mide 650
mts. El límite natural es la calle 6 desde el mojón N° 12,
ubicado en el empalme con la calle E, hasta el mojón N°
13.
Línea 12-13: Con rumbo magnético S-40º 00' 00' E, mide
2.500 mts. El límite natural es la calle U desde el mojón
N° 13, ubicado en el cruce con la calle 6 hasta el mojón
N° 14.
Línea 13-14: Con rumbo magnético S-43º 00' 00' W, mide
1.000 mts. El límite natural es la calle 4 desde el mojón
N° 14, ubicado en el lugar donde se encuentran las calles U
y 4, hasta el mojón N° 15.
Línea 14-15: Con rumbo magnético S-40º 00' 00' E, mide
2.500 mts. El límite natural es la calle sin nombre que
arranca desde el mojón N° 15, ubicado en el cruce de
caminos, hasta el mojón N° 16.
Línea 15-16: Con rumbo magnético S-87º 00' 00' E, mide 450
mts. El límite natural es la referida calle sin nombre
desde el mojón N° 16, ubicado en un recodo del mismo, hasta
el mojón N° 17.
Línea 16-17: Con rumbo magnético S-37º 00' 00' E, mide
3.700 mts. El límite natural es la calle sin nombre que
cruza el Arroyo Itá Pesyi desde el mojón N° 17 al 18.
Limita con el Distrito de Hohenau, desde el mojón N° 10 al
18.
AL ESTE : Línea 17-18: con rumbo magnético S-27º 00' 00"W,
mide 1.150 mts. El límite natural es la calle 2, desde el
mojón N° 18, ubicado en el lugar donde la calle sin nombre
termina sobre la calle 2, hasta el mojón N° 19.
Línea 18-19: con rumbo magnético S-49º 02' 00"W, mide 9.000
mts. El límite natural es la calle 2, desde el mojón N° 19,
ubicado en un recodo de la referida calle, hasta el mojón
N° 20.
Limita desde el mojón N° 18 al 20 con el Distrito Jesús.
Línea 19-20: con rumbo magnético S-40º 00' 00"W, mide en
línea recta 4.200 mts. El límite natural es el Arroyo
Ypecuru desde el mojón N° 20, ubicado en la naciente del
mismo, y la prolongación de la calle 2, hasta el mojón N°
21.
Limita desde el mojón N° 20 al 21 con el Distrito de
Trinidad.
AL OESTE : Línea 20-21: con rumbo magnético N-38º 00' 00"W, mide
7.000 mts. El límite natural es la calle M, desde su
arranque del Mojón N° 20 hasta el mojón N° 21 ubicado en el
cruce de la calle M con la calle 5.
Línea 21-22: con rumbo magnético N-38º 00' 00"W, mide 5.200
mts. El límite natural es la calle M, desde el Mojón N° 21
ubicado en el lugar donde se cruzan las calles 5 y M, hasta
el mojón N° 22.
Línea 22-23: Una línea imaginaria con rumbo magnético N-38º
00' 00"W, mide 1.800 mts. Esta línea nace en el mojón N°
22, ubicado en el lugar donde termina la calle M, hasta el
mojón N° 23.
Línea 23-24: con rumbo magnético S-70º 00' 00"W, mide 1.450
mts. El límite natural es el Arroyo Tacuary Mborotí, desde
el Mojón N° 23 ubicado sobre la rivera del referido arroyo
y la prolongación de la línea que empalma con la calle M.
Línea 24-1: con rumbo magnético S-41º 00' 00"W, mide 3.000
mts. El límite natural es el Arroyo Tacuary Mborotí, desde
el Mojón N° 24 ubicado en la desembocadura del Arroyo
Itayndy en el más arriba nombrado, hasta el mojón N° 1.
Limita con el Distrito de Fram.
SUPERFICIE : Según los cálculos planimétricos el polígono
descripto tiene: 25.894 Has. 8500 mts.
Art. 2º.- Créase una Municipalidad de tercera Categoría en el distrito
creado por el Art. 1º de la Presente Ley.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A LOS VEINTE Y CINCO
DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CAMARA DE
SENADORES
JUAN ROQUE GALEANO CARLOS
MARÍA OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 3 de octubre de 1986
TÉNGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLÍQUESE E INSÉRTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO ALFREDO
STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR PRESIDENTE
DE LA REPUBLICA