Ley 1244
H. Cámara de Representantes
LEY Nº 1244
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL, A TRANSFERIR A
TITULO GRATUITO, LA FINCA Nº 11.000 DEL DISTRITO DE LA RECOLETA
DE SU PATRIMONIO PRIVADO A FAVOR DEL CLUB DE LEONES DE VILLA
MORRA PARA ASIENTO DE UNA CLINICA MEDICA GRATUITA Y DE UN
PARQUE INFANTIL.-
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya
sanciona con fuerza de,
LEY:
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de la Capital, a transferir
a titulo gratuito, la finca N° 11.000, Distrito de la Recoleta, de
su patrimonio privado, a favor del Club de Leones de Villa Morra,
para asiento de una clínica médica gratuita y de un parque
infantil, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Al Norte forma una quebrada de dos líneas, la primera mide 100 metros
y la segunda 9,43 metros lindando la primera línea con derechos de
Antonio Zucolillo, la segunda con parte de los derechos de María
D. V. de Herwat; al Sur mide 110 metros y linda con la calle
Lilio; al Este mide 49,85 y linda con la calle Gonzalo Bulnes; al
Oeste mide 47,70 metros y linda con el lote 11. Superficie:
5.777,80 m2.
Artículo 2°.- El Club de Leones de Villa Morra, construirá en el terreno
citado en el Art. 1° las edificaciones necesarias para el
funcionamiento y las instalaciones de una clínica médica gratuita
y de un parque infantil. Las obras proyectadas, deberán iniciarse
y concluirse, en un lapso de dos años, a partir de la promulgación
de esta Ley. En caso de no darse cumplimiento a esta obligación el
terreno deslindado, se reintegrara automáticamente al dominio de
la Municipalidad, sin derecho a indemnización, en caso de existir
mejoras introducidas dentro del mismo.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes de la Nación, a veintitrés días de junio del año
mil novecientos sesenta y siete..
Pedro C. Gauto Samudio
J. Eulogio Estigarribia
SECRETARIO
PRESIDENTE DE LA H. C. R.
Asunción, 4 de julio de 1967.-
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN REGISTRO
OFICIAL.-
JUAN RAMON CHAVEZ GRAL. DE EJERCITO
ALFREDO STROESSNER MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA