Ley 1246

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[pic]<br /> H. Cámara de Representantes<br /> LEY Nº 1246<br /> QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL, A TRANSFERIR A<br /> TITULO GRATUITO, UNA FRACCION DE TERRENO DE SU PATRIMONIO<br /> PRIVADO, REGISTRADO COMO FINCA N° 4.325, A FAVOR DEL ARZOBISPADO<br /> DE ASUNCION, PARA ASIENTO DE UNA IGLESIA DENOMINADA "SALVADOR<br /> DEL MUNDO".-<br /> La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya<br /> sanciona con fuerza de,<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de la Capital, a transferir<br /> a título gratuito, una fracción de terreno de su patrimonio<br /> privado, inscripta en mayor porción en el Registro General de la<br /> Propiedad, como finca N° 4.325, del Distrito de Santísima<br /> Trinidad, bajo el N° 1, folio 1 y sgtes. de 1966, a favor del<br /> Arzobispado de Asunción, para asiento del Templo "Salvador del<br /> Mundo", cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> "Su frente al Sur, sobre la Avenida Gral. Genes, mide 25 metros "por<br /> 20 metros en su contra frente al Norte, donde linda con derechos<br /> municipales, su costado Este, mide 65 metros y linda con derechos<br /> municipales, su contra costado Oeste, mide 60 metros y linda con<br /> derechos municipales. Superficie: 1562 metros cuadrados.<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de<br /> Representantes de la Nación, a veintitres días de junio del año<br /> mil novecientos sesenta y siete..<br /> Pedro C. Gauto Samudio<br /> J. Eulogio Estigarribia<br /> SECRETARIO<br /> PRESIDENTE DE LA H. C. R.<br /> Asunción, 4 de julio de 1967<br /> TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN REGISTRO<br /> OFICIAL.-<br /> JUAN RAMON CHAVES ALFREDO STROESSNER