Ley 1253

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1.253<br /> QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR<br /> RURAL (IBR) PARA SU POSTERIOR ADJUDICACION A LOS INTEGRANTES DE LA COMISION<br /> VECINAL ALTO VERA, LAS FINCAS NS. 5.746 Y 439 DEL DISTRITO DE JESUS Y<br /> TRINIDAD DEL DEPARTAMENTO ITAPUA<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1o.- Decláranse de interés social y exprópianse a favor del<br /> Instituto de Bienestar Rural (IBR), para su posterior adjudicación a los<br /> integrantes de la Comisión Vecinal Alto Verá, la Finca No. 5.746 con una<br /> superficie de 500 has. (quinientas hectáreas) y la Finca No. 439 con una<br /> superficie de 877 hás. (ochocientas setenta y siete hectáreas), del<br /> Distrito de Jesús y Trinidad, del Departamento Itapúa, cuyos linderos son:<br /> AL NORTE: Derechos de Natan Rossin, Yohanes Munillo y Mario<br /> Mathia;<br /> AL SUR: Derechos de Luis Escobar Monti;<br /> AL ESTE: Derechos de Katupyry S.A.; y,<br /> AL OESTE: Finca No. 5.237, 5.257 y 3.080.<br /> Artículo 2o.- El Instituto de Bienestar Rural (IBR) y los<br /> propietarios acordarán en un plazo no mayor a noventa días el precio de las<br /> fincas a ser expropiadas. En caso de no haber acuerdo entre las partes,<br /> podrán recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, a<br /> los efectos de la determinación judicial del precio.<br /> Artículo 3o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a cinco<br /> días del mes de marzo del año un mil novecientos noventa y ocho, y por la<br /> Honorable Cámara de Diputados, a veintitrés días del mes de abril del año<br /> un mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de<br /> conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la<br /> Constitución Nacional.<br /> |Atilio Martínez Casado | |Rodrigo Campos Cervera |<br /> |Presidente | |Presidente |<br /> |H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |<br /> | | | |<br /> | | | |<br /> |Patricio Miguel Franco | |Elba Recalde |<br /> |Secretario Parlamentario | |Secretaria Parlamentaria |<br /> Asunción, 11 de mayo de 1998<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Cayo Franco<br /> Ministro de Agricultura y Ganadería