Ley 1254

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N ° 1.254<br /> QUE AMPLIA EL ARTICULO 2º DE LA LEY Nº 1.094/97 "QUE AUTORIZA AL<br /> CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA (CONAVI) A ADOPTAR COYUNTURALMENTE<br /> MODALIDADES OPERATIVAS PARA PAGOS DE CUOTAS VENCIDAS Y DE AJUSTE DE<br /> SALDOS EN ADJUDICACIONES DE VIVIENDAS ECONOMICAS Y VIVIENDAS DE<br /> INTERES SOCIAL<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Autorízase al Consejo Nacional de la Vivienda<br /> (CONAVI) a ampliar el plazo de 180 días, a partir de la promulgación de<br /> esta ley, en referencia al Artículo 2º de la Ley Nº 1.094/97, para que los<br /> beneficiarios de diversos proyectos habitacionales se presenten a<br /> cualquiera de las oficinas habilitadas del Consejo Nacional de la Vivienda<br /> (CONAVI), o las que fueren especialmente habilitadas para este efecto, a<br /> fin de acogerse a los beneficios establecidos en la Ley Nº 1.094/97.<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> diecinueve días del mes de marzo del año un mil novecientos noventa y ocho,<br /> y por la Honorable Cámara de Senadores, a treinta días del mes de abril del<br /> año un mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de<br /> conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución<br /> Nacional.<br /> |Atilio Martínez Casado | |Rodrigo Campos Cervera |<br /> |Presidente | |Presidente |<br /> |H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |<br /> | | | |<br /> |Patricio Miguel Franco | |Elba Recalde |<br /> |Secretario Parlamentario | |Secretaria Parlamentaria |<br /> Asunción, 19 de mayo de 1998.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Miguel Angel Maidana Zayas<br /> Ministro de Hacienda