Ley 1256
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.256
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE LIMPIO, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL
ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTO), UNA FRACCION DE
TERRENO INDIVIDUALIZADA COMO PARTE DE LA FINCA Nº 7.042, PARA ASIENTO
DEL LICEO NACIONAL SAN LUIS DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y
autorízase a la Municipalidad de Limpio, a transferir a título gratuito a
favor del Estado Paraguayo (Ministerio de Educación y Culto), una
fracción de terreno individualizada como parte de la Finca Nº 7.042 del
Registro de Limpio, bajo el Nº 1 y al folio 1 y siguientes, del 21 de
enero de 1987 y como parte de la Manzana Nº 72, ubicada en la Fracción
Tapua del Barrio Santa Lucía, para asiento del Liceo Nacional San Luis,
del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Mide 30 m. (treinta metros), linda con calle
pública;
AL SUR: Mide 30 m. (treinta metros), linda con la calle 14 de
Mayo;
AL ESTE: Mide 54 m. (cincuenta y cuatro metros), linda con el
resto de la fracción destinada para plaza; y,
AL OESTE: Mide 58,50 m. (cincuenta y ocho metros con
cincuenta centímetros), linda con callejón.
SUPERFICIE: 1.687,50 m². (UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE
METROS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a cinco
días del mes de marzo del año un mil novecientos noventa y ocho, y por la
Honorable Cámara de Senadores, a treinta días del mes de abril del año un
mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución
Nacional.
|Atilio Martínez Casado | |Rodrigo Campos Cervera |
|Presidente | |Presidente |
|H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |
| | | |
| | | |
| | | |
|Patricio Miguel Franco | |Elba Recalde |
|Secretario Parlamentario | |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 19 de mayo de 1998.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Jorge Raúl Garcete
Ministro del Interior