Ley 1275
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1275/1987
QUE ELEVA A LA CATEGORÍA DE DISTRITO LAS COLONIAS LA PALOMA, PUENTE KYJHA Y
CATUETE, CON EL NOMBRE DE FRANCISCO CABALLERO ALVAREZ DEL DEPARTAMENTO DE
CANINEYU Y SE CREA UNA MUNICIPALIDAD DE TERCERA CATEGORÍA CON ASIENTO EN
PUENTE KYJHA
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Elévase a la categoría de Distrito las Colonias La
Paloma, Puente Kyjhá t Catuete, con el nombre de Francisco Caballero
Alvarez y a este efecto desaféctanse del Distrito Salto Guairá del
Departamento de Canindeyú, con los siguientes límites:
LIMITE NORTE:
LINEA 1-2: Con rumbo magnético N. 73° 00' 00" E., mide en línea recta
9.200 metros.
El Límite natural es el límite internacional entre la República
Federativa del Brasil, desde el mojón N° 1, ubicado entre
los hitos de la frontera hasta el mojón N° 2.
LINEA 2-3: Con rumbo magnético S. 3° 00' 00" W., mide en línea recta
7.300 metros.
El límite natural es el camino vecinal que parte de Alborada y
ternina sobre la frontera internacional, frente al
aserradero Carioca. El mojón N° 2 está ubicado en este
último lugar y la línea termina en el mojón N° 3. Limita
con el Distrito Salto del Guairá.
LINEA 3-4: Con rumbo magnético N. 55° 00' 00" E., mide en línea recta
6.300 metros.
El límite natural es el camino carretero que parte de Yhú
hacia Campo Golondrina y cruza el Río Acaray. El mojón N° 3
está ubicado en un recodo el camino arriba mencionado.
LINEA 4-5: Con rumbo magnético N. 82° 00' 00" E., mide en línea recta
10.700 metros.
El límite natural es el Rio Piraty, desde el mojón N°4,
ubicado en la desembocadura del Arroyo Guazú-Cuá en el
referido Río, hasta el mojón N°5
Limita con el Distrito de Salto del Guairá.
LIMITE ESTE:
LINEA 5-6: Con rumbo magnético S. 10° 00' 00" W., mide en línea recta
8.000 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que viene del Cruce
Guavirá, desel mojón N° 5, ubicado en el lugar por donde
este camino cruza el camino Piraty, hasta el mojón N° 6
Limita con el Distrito de Salto del Guairá.
LINEA 6-7: Con rumbo magnético S. 43° 00' 00" E., mide en línea recta
9.000 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que viene del norte,
desde el mojón N° 6, ubicado en el cruce de caminos, hasta
el mojón N° 7.
Limita con el Distrito de Salto del Guairá.
LINEA 7-8: Con rumbo magnético S. 20° 00' 00" E., mide en línea recta
1.700 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que proviene del
norte, desde el mojón N° 7, ubicado en el cruce sobre el
Arroyo Morotí, hasta el mojón N° 8.
Limita con el Distrito de Salto del Guairá.
LINEA 8-9: Con rumbo magnético S. 20° 00' 00" E., mide en línea recta
3.300 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que cruza la Ruta
Curuguaty- Salto del Guairá, desde el mojón N° 8, ubicado
dicho cruce, hasta el mojón N° 9.
Limita con el Distrito de Salto del Guairá.
LINEA 9-10: Con rumbo magnético S. 75° 00' 00" E., mide en línea recta
2.500 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que proviene de la
Ruta Curuguaty-Salto del Guairá, desde el mojón N° 9,
ubicado sobre el cruce del Arroyo Gazory, hasta el mojón N°
10.
Limita con el Distrito de Salto del Guairá.
LINEA 10-11: Con rumbo magnético S. 10° 00' 00" E., mide en línea
recta 7.500 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que viene del norte,
desde el mojón N° 10, ubicado en un recodo del camino,
hasta el mojón N° 11.
LINEA 11-12: Con rumbo magnético S. 15° 00' 00" E., mide en línea
recta 8.500 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que viene del norte,
desde el mojón N° 11, ubicado en un recodo del mismo.
LINEA 12-13: Con rumbo magnético S. 35° 00' 00" E., mide en línea
recta 1.500 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que viene del norte,
desde el mojón N° 12, ubicado en una curva del caminos,
hasta el mojón N° 13.
LINEA 13-14: Con rumbo magnético S. 37° 00' 00" W., mide en línea
recta 2.800 metros.
El Límite natural es la línea que arranca del mojón N° 13,
ubicado en el lugar donde el camino vecinal que viene del
norte, empalma con la Ruta Colonia Guaraní-Salto del
Guairá, frente a la Administración de la Colonia Guadalupe.
LINEA 14-15: Con rumbo magnético S. 35° 00' 00" E., mide en línea
recta 7.600 metros.
El Límite natural es el arroyo sin nombre afluente del Río
Charapa, desde el mojón N° 14, ubicado en la desembocadura
de dicho Arroyo en el referido Río, hasta el mojón N° 15.
LINEA 15-16: Con rumbo magnético S. 35° 00' 00" E., mide en línea
recta 7.600 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que viene del norte,
desde el mojón N° 15, ubicado en el cruce sobre el arroyo
sin nombre, afluente del Río Charapa, hasta el mojón N° 16.
Limita desde el mojón N° 12 al 16, con el Distrito de Salto
del Guairá.
LIMITE SUR:
LINEA 16-17: Con rumbo magnético S. 85° 00' 00" W., mide en línea
recta 10.000 metros.
El Límite natural es el Arroyo Juanita, desde el mojón N°
16, ubicado en lugar por donde cruza el Arroyo, el camino
vecinal que parte a Puerto Adela, hasta el mojón N° 17.
LINEA 17-18: Con rumbo magnético S. 50° 00' 00" W., mide en línea
recta 11.200 metros.
El Límite natural es el Arroyo Juanita, desde el mojón N°
17, ubicado en la desembocadura del Arroyo Curiyú, hasta el
mojón N° 18.
LINEA 18-19: Con rumbo magnético S. 50° 00' 00" W., mide en línea
recta 11.200 metros.
El Límite natural es el Arroyo Juanita, desde el mojón N°
18, ubicado en el recodo del mismo, hasta el mojón N° 19.
LINEA 19-20: Con rumbo magnético S. 26° 00' 00" W., mide en línea
recta 4.700 metros.
El Límite es la línea que parte del mojón N° 19, ubicado en
la naciente del Arroyo Juanita, hasta el mojón N° 20.
LINEA 20-21: Con rumbo magnético S. 89° 00' 00" W., mide en línea
recta 12.700 metros.
El Límite natural es el Arroyo Pozuelo, desde el mojón N°
20, ubicado en la desembocadura de un arroyito sin nombre
en el Arroyo Pozuelo, hasta el mojón N° 21.
LINEA 21-22: Con rumbo magnético S. 10° 00' 00" W., mide en línea
recta 16.200 metros.
El Límite natural es el camino vecinal que arranca de
otro,Troncal 4-Itabó Cubas, desde el mojón N° 21, ubicado
en el que el referido camino cruza sobre el Arroyo
Pozuelo, muy próximo a su naciente y termina en el mojón N°
22.
Limita desde el mojón N° 16 al 22 con el Distrito de Salto
del Guairá.
LINEA 22-23: Con rumbo magnético N. 73° 00' 00" W., mide en línea
recta 15.200 metros.
El Límite natural es el Río Itambey, desde el mojón N° 22,
ubicado en el lugar por donde el camino vecinal nombrado en
el punto anterior, cruza el Río hasta el mojón N° 23.
LINEA 23-24: Con rumbo magnético N. 20° 00' 00" W., mide en línea
recta 8.000 metros.
El Límite natural es el Río Itambey, desde el mojón N° 23,
ubicado en el costado del puente de la supercarretera de
ITAIPU, que cruza el Río hasta el mojón N° 24.
LINEA 24-25: Con rumbo magnético N. 63° 00' 00" W., mide en línea
recta 9.800 metros.
El Límite natural es el Río Itambey, desde el mojón N° 24,
ubicado en un recodo del mismo, hasta el mojón N° 25.
LIMITE OESTE:
LINEA 25-26: Con rumbo magnético N. 3° 00' 00" E., mide en línea
recta 5.500 metros.
El Límite natural es un pequeño arroyo sin nombre, afluente
del Río Tembey desde el mojón N° 25, ubicado en la
desembocadura del dicho arroyo hasta el mojón N° 26.
LINEA 26-27: Con rumbo magnético N. 20° 00' 00" W., mide en línea
recta 8.000 metros.
El Límite natural es el Río Itambey, desde el mojón N° 23,
ubicado en el costado del puente de la supercarretera de
ITAIPU, que cruza el Río hasta el mojón N° 27
.
LINEA 27-28: Con rumbo magnético N. 15° 00' 00" E., mide en línea
recta 9.000 metros.
El Límite natural es un arroyo sin nombre, afluente del
Arroyo Cadete- Cué desde el mojón N° 27, ubicado en su
naciente, hasta el mojón N° 28.
LINEA 28-29: Con rumbo magnético N. 52° 00' 00" E., mide en línea
recta 5.000 metros.
El Límite natural es el Arroyo Cadete- Cué desde el mojón
N° 28, ubicado en la desembocadura de un pequeño afluente,
hasta el mojón N° 29.
LINEA 29-30: Con rumbo magnético S. 79° 00' 00" E., mide en línea
recta 4.500 metros.
El Límite natural es el arroyo Yaguaty, desde el mojón N°
29, ubicado en la desembocadura del Arroyo cadete- Cué,
hasta el mojón N° 30.
LINEA 30-31: Con rumbo magnético N. 30° 00' 00" E., mide en línea
recta 5.700 metros.
El Límite natural es el arroyo Yaguaty, desde el mojón N°
30, ubicado en un recodo del mismo, hasta el mojón N° 31.
LINEA 31-32: Con rumbo magnético S. 45° 00' 00" E., mide en línea
recta 3.700 metros.
El Límite natural es el arroyo Yaguaty, desde el mojón N°
31, ubicado en un recodo del mismo, hasta el mojón N° 32.
LINEA 32-33: Con rumbo magnético N. 10° 00' 00" E., mide en línea
recta 7.100 metros.
El Límite natural es la Super Carretera de ITAIPU, desde el
mojón N° 32, ubicado al costado del puente, sobre el Arroyo
Yaguaty, hasta el mojón N° 33.
LINEA 33-34: Con rumbo magnético N. 89° 00' 00" E., mide en línea
recta 40 metros.
El Límite natural es la Ruta Curuguaty - Salto del Guairá,
desde el mojón N° 33, ubicado en el punto de empalme con la
Super Carretera de ITAIPÚ, hasta el mojón N° 34.
LINEA 34-35: Con rumbo magnético N. 8° 00' 00" E., mide en línea
recta 7.500 metros.
El Límite natural es la Picada Carapá, desde el mojón N°
34, ubicado sobre la Ruta Curuguaty - Salto del Guairá,
hasta el mojón N° 35.
LINEA 35-36: Con rumbo magnético N. 8° 00' 00" E., mide en línea
recta 11.500 metros.
El Límite natural es la Picada Carapá, desde el mojón N°
35, ubicado sobre la ribera del Río Charapa, hasta el mojón
N° 36.
LINEA 36-37: Con rumbo magnético N. 8° 00' 00" E., mide en línea
recta 12.700 metros.
El Límite natural es la Picada Carapá, desde el mojón N°
36, ubicado en el cruce, sobre el camino vecinal que une
Hábeas Christi y Santa María, hasta el mojón N° 37.
LINEA 37-31: Con rumbo magnético N. 8° 00' 00" E., mide en línea
recta 9.000 metros.
El Límite natural es la Picada Carapá, desde el mojón N°
37, ubicado sobre el cruce del Río Piraty, hasta el mojón
N° 1, ubicado sobre el hito de la frontera.
Limita desde el mojón N° 25 al 37 y 1 con el Distrito de
Corpus Christi.
SUPERFICIE: 239.627 hectáreas con 7.500 metros cuadrados.
Artículo 2°.- Créase una Municipalidad de Tercera Categoría en el
Distrito creado por el Artículo 1° de la presente Ley, con asiento en
Puente Kyjhá.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS DIEZ Y NUEVE DIAS
DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.
Luis Martínez Miltos
Juan Ramón Cháves
Presidente Cámara de Diputados Presidente
Cámara de Senadores
Genaro Espínola Fariña
Carlos María Ocampos Arbo
Secretario Parlamentario
Secretario General
Asunción, 14 de diciembre de 1987.-
TÉNGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLÍQUESE E INSÉRTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
Sabino A.Montanaro
Gral. de Ejército Alfredo Stroessner
Ministro del Interior
Presidente de la República.