Ley 1280
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 1280/1987
QUE AUTORIZA AL INSTITUTO DE DESARROLLO MUNICIPAL (IDM) LA ADJUDICICACION Y
URBANIZACIÓN DEL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD UBICADO EN LA CIUDAD DE
CONCEPCION
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Autorízase al Instituto de Desarrollo Municipal (IDM), la
adjudicación a título gratuito de los inmuebles ubicados en la Ciudad de
Concepción, a las siguientes instituciones:
1) al Ministerio de Educación y Culto, el actual asiento del Centro
Regional de Educación, con superficie de (10) diez Hectáreas.
2) al Ministerio de Defensa Nacional, el actual asiento del Matadero
usufructuado por la IV División de Infantería, una superficie de (1)
Hectárea y (7000) siete mil metros cuadrados.
3) al Ministerio de Agricultura y Ganadería, una superficie de (1) una
Hectárea para asiento de la futura Escuela Superior de Veterinaria.
4) A la Municipalidad de Concepción, los lotes correspondientes para
plazas, avenidas y calles requeridas y (1) una Hectárea para asiento
del futuro Complejo Deportivo Municipal.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS TRES DÍAS DEL MES
DE DICIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.
Luis Martínez Miltos
Ezequiel González Alsina
Presidente Cámara de Diputados Vice Pte. 1° en ejercicio
Cámara de Senadores
Miguel Ángel López Jiménez Carlos María
Ocampos Arbo
Secretario Parlamentario
Secretario General
Asunción, 14 de diciembre de 1987.-
TÉNGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLÍQUESE E INSÉRTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
Sabino A. Montanaro
Gral. de Ejército Alfredo Stroessner
Ministro del Interior
Presidente de la República.