Ley 1304
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.304
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE LUQUE A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL
ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTO), UN INMUEBLE
ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA Nº 13.796 "SAN FRANCISCO", UBICADO EN
LA 9ª COMPAÑÍA ITAPUAMÍ DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Luque a transferir a título gratuito a favor del
Estado Paraguayo (Ministerio de Educación y Culto), un inmueble
individualizado como parte de la Finca Nº 24.326, inscripto en la Dirección
General de los Registros Públicos bajo el Nº 1 al folio 1 y siguientes del
año 1989, destinado inicialmente para plaza y edificios públicos, asiento
de la Escuela Graduada Nº 13.796 "San Francisco", ubicado en la 9ª Compañía
Itapuamí, del citado Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los
siguientes:
FRACCION "A" : Destinada para edificios públicos:
AL NORTE: Mide 17 m. (diecisiete metros), linda con la propiedad
de la Señora María Acosta;
AL SUR: Mide 14 m. (catorce metros), linda con calle pública.
AL ESTE: Mide 39,40 m. (treinta y nueve metros con cuarenta
centímetros), linda con la Fracción "B", destinada originalmente para
plaza; y,
AL OESTE: Mide 39,17 m. (treinta y nueve metros con diecisiete
centímetros), linda con propiedad del Señor Eusebio Acosta.
SUPERFICIE: 607,60 m² (seiscientos siete metros cuadrados con
sesenta decímetros cuadrados).
FRACCIÓN "B": Parte del inmueble destinado para plaza.
AL NORTE: Mide 11 m. (once metros), linda con la propiedad de
la Señora María Acosta;
AL SUR: Mide 11 m. (once metros), linda con calle pública
AL ESTE: Mide 39,40 m. (treinta y nueve metros con cuarenta
centímetros), linda con el resto de la Fracción destinada para plaza;
y,
AL OESTE: Mide 39,40 m. (treinta y nueve metros con cuarenta
centímetros), linda con la Fracción "A", destinada originalmente para
edificios públicos.
SUPERFICIE: 433,40 m² (cuatrocientos treinta y tres metros
cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el
trece de abril del año un mil novecientos noventa y ocho y por la Honorable
Cámara de Diputados, el nueve de julio de mil novecientos noventa y ocho,
sancionándose el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207,
Numeral 1) de la Constitución Nacional.
|Walter Hugo Bower Montalto | |Luis Angel González Macchi |
|Presidente | |Presidente |
|H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |
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|Juan Darío Monges Espínola | |Manlio Medina Cáceres |
|Secretario Parlamentario | |Secretario Parlamentario |
Asunción, 28 de julio de 1998
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy Monti
Vicente Sarubbi
Ministro de Educación y Culto