Ley 131

Descarga el documento

[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 131/91<br /> QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CORONEL OVIEDO, A TRANSFERIR A<br /> TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y<br /> CULTO), UNA FRACCION DE TERRENO MUNICIPAL, ASIENTO DE LA ESCUELA<br /> GRADUADA N° 192 "ZENON MONTIEL" UBICADA EN EL BARRIO 12 DE JUNIO DEL<br /> CITADO MUNICIPIO.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Coronel Oviedo, a transferir<br /> a título gratuito a favor del Estado Paraguayo (Ministerio de Educacion y<br /> eulto), una fraccion de terreno municipal, asiento de la Escuela Graduada<br /> N° 192 "Zenon Montiel" ubicada en el Barrio 12 de Junio, individualizada<br /> como Manzana N( 165, Solares N°s. 2, 4, 6, 8, 10, 12, 14, 16, 18, 20<br /> respectivamente, del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los<br /> siguientes:<br /> Al Sur: su frente mide 101 metros y linda con la Calle Curupayty; Al Norte:<br /> su contrafrente mide 101 metros y linda con los Solares N(s, 1 y 2; Al Este<br /> su costado mide 41 metros y linda con la Calle Gral. Caballero; y, Al<br /> Oeste: su contracostado mide 39 metros y linda con la Calle Gral. Bruguez.<br /> Superficie: 4.040 m2. (Cuatro mil cuarenta metros cuadrados).<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la Honorable Cámara de de Diputados a trece días del mes de<br /> diciembre del año un mil novecientos noventa y uno y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veintisiete días del mes de<br /> diciembre del año un mil novecientos noventa y uno.<br /> |José Antonio Moreno Ruffinelli |Alcibiades Fernández |<br /> |Presidente H.Cámara de |Vicepresidente 1° en Ejercios de |<br /> |Diputados |la |<br /> | |Pesidencia de la H. Camára de |<br /> | |Senadores |<br /> |Luis Guanes Gondra | |<br /> |Secretario Parlamentario |Artemio Vera |<br /> | |Secretario Parlamentario |<br /> Asunción, 14 de enero de 1992<br /> Téngase por Ley de la República, publiquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> Presidente de la República.<br /> Andrés Rodriguez<br /> Orlando Machuca Vargas<br /> Ministro del Interior