Ley 1355
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1355/1988
QUE CREA EL DISTRITO DE SAN JUAN DEL PARANA DEL DEPARTAMENTO DE ITAPÚA Y
UNA MUNICIPALIDAD.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1°.- Créase el distrito San Juan del Paraná del departamento de Itapúa
y a esta efecto desaféctase del Distrito de Encarnación con los siguientes
límites:
AL NORTE: El Distrito de Encarnación, separado por la Ruta N° 1 Mcal.
Francisco Solano López, desde el arroyo Itá Paso y siguiendo la Ruta hasta
el límite Este de la propiedad ocupado por el Liceo Militar Juan Francisco
López, con fincas N°s. 4422 y 4908 respectivamente del Distrito de
Encarnación. A partir de este punto de línea recta coo rumbo S - 48° 00'
46'' W, mide 500 mts.; luego con rumbo S - 41° 59' 14'' E, mide 200 mts.;
las que linda con los derechos de Catalina Kachurosky de kennechny; y luego
coo rumbo S - 48° 00' 46'' W, mide 500 mts. Y linda con los derechos de
Cirilo keroechi. A partir de este punto, con rumbo N - 41° 59' 14'' W, mide
400 mts., y linda con la calle pública, hasta llegar a la ruta N° 1 Mcal.
Francisco Solano López, por la sigue hasta el Arroyo Caraguatá.
AL SUR: Con la República Argentina, de la cual está separado por el Río
Paraná desde desembocadura del Arroyo Quitería y siguiendo por el Canal
principal del Río Paraná desde la desembocadura del Arroyo Caraguatá,
comprendiendo las siguientes Islas del Toro, Isla Paranaí, Isla Tataindy e
Isla Carpincho.
AL ESTE: EL Distrito de Encarnación separado por el Arroyo Itá Paso, desde
la Ruta N° 1 Mcal. Francisco Solano López hasta su desembocadura en el Río
Paraná.
AL OESTE : El Distrito de Carmen del Paraná, separado por el arroyo
Caraguatá desde la Ruta N° 1 Mcal/ Francisco Somano López, hasta su
desembocadura en el Río Paraná.
Art. 2°.- Crease una Municipalidad en el Distrito creado por el Articulo 1°
de la presente Ley, con asiento en San Juan de Paraná.
Art. 3°.- Comuníquese en el Poder Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SECIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A LOS TRECE DIAS DEL MES
DE DICIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.
LUIS MARTINEZ MILTOS EZEQUIEL GONZALEZ
ALSINA
Presidente de la Cámara de Diputados Presidente de la Cámara de
Senadores
ANTONIO VERA CARLOS
MARIA OCAMPOS
Secretario Parlamentario
Secretario General
Asunción, 19 de diciembre de 1988.
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.-
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO ALFREDO STROESSNER
Ministro del Interior
Presidente de la República