Ley 1357

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 1357<br /> QUE APRUEBA EL ACUERDO POR CANJE DE NOTAS REVERSALES RELATIVO A LA<br /> RACIONALIZACIÓN DEL PERSONAL DE LA COMISIÓN MIXTA ARGENTINO-PARAGUAYA DEL<br /> RÍO PARANÁ (COMIP)<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Apruébase el Acuerdo por Canje de Notas Reversales<br /> relativo a la Racionalización del Personal de la Comisión Mixta Argentino-<br /> Paraguaya del Río Paraná (COMIP), suscrito con la República Argentina el 26<br /> de marzo de 1992; cuyo texto es como sigue:<br /> Buenos Aires, 26 de marzo de 1992<br /> Señor Ministro:<br /> Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con relación a su<br /> Nota del 26 de marzo de 1992, la que textualmente dice:<br /> "Señor Ministro:<br /> Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con relación al<br /> resultado de la racionalización del personal que realizara la Comisión<br /> Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná y la distribución de los gastos<br /> que demanda su funcionamiento a partir del 31 de diciembre de 1991.<br /> A ese respecto cumplo en informarle que el Gobierno Argentino:<br /> - Se congratula de lo actuado por los señores Delegados en<br /> cumplimiento de las instrucciones oportunamente impartidas por ambas<br /> Cancillerías en lo que se refiere a la racionalización de la COMIP,<br /> acordada en el Acta 235 del 13 de junio de 1991, concluida el 31 de<br /> diciembre de 1991.<br /> - Ratifica el criterio acordado por los señores Delegados en la<br /> mencionada Acta 235, en lo que se refiere a la distribución territorial de<br /> los gastos que demanda el funcionamiento de la Comisión Mixta Argentino-<br /> Paraguaya del Río Paraná.<br /> La presente Nota y la de igual tenor que Vuestra Excelencia tenga a<br /> bien remitirme, constituirán un Acuerdo entre los dos Gobiernos que entrará<br /> en vigor el día de su firma.<br /> Saludo a Vuestra Excelencia con mi consideración más distinguida."<br /> Al respecto y al manifestar a Vuestra Excelencia la conformidad de mi<br /> Gobierno con los términos de la Nota antes transcrita, me es grato poner en<br /> su conocimiento que aquella y la presente Nota constituyen un Acuerdo entre<br /> nuestros dos Gobiernos, que entrará en vigor en el día de hoy.<br /> Saludo a Vuestra Excelencia con mi consideración más distinguida.<br /> Fdo.: Alexis Frutos Vaesken, Ministro de Relaciones Exteriores.<br /> A S.E. el Señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la<br /> República Argentina,<br /> D. Guido Di Tella<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el<br /> diez de setiembre del año un mil novecientos noventa y ocho y por la<br /> Honorable Cámara de Diputados, el veintidós de octubre del año un mil<br /> novecientos noventa y ocho, sancionándose el mismo, de conformidad con lo<br /> dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Walter Hugo Bower Montalto Luis Angel González Macchi<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Sonia Leonor Deleón Franco Manlio Medina Cáceres<br /> Secretaria Parlamentaria Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 9 de noviembre de 1998<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Raúl Cubas Grau<br /> Dido Florentín Bogado<br /> Ministro de Relaciones Exteriores