Ley 1371
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 1371
QUE CONCEDE NACIONALIDAD PARAGUAYA HONORARIA AL REVERENDO PADRE CESAR
ALONSO DE LAS HERAS
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Concédese la nacionalidad paraguaya honoraria al
Reverendo Padre César Alonso de las Heras, natural de España, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la Constitución
Nacional.
Artículo 2º.- Promulgada esta Ley, el Presidente del Congreso
Nacional entregará al beneficiario una copia de la misma en un acto público
y con las solemnidades del caso.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a quince
días del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y ocho, y por la
Honorable Cámara de Senadores, a diecinueve días del mes de noviembre del
año un mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución
Nacional.
Walter Hugo Bower Montalto Luis Angel
González Macchi
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Sonia Leonor Deleón Franco
Ilda Mayeregger
Secretaria Parlamentaria
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 3 de diciembre de 1998.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el
Registro Oficial.
El Presidente de la República
Raúl Cubas Grau
Rubén Arias Mendoza
Ministro del Interior