Ley 1373

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LEY Nº 1373/1988<br /> POR EL CUAL SE CREA VEINTE Y CINCO NUEVOS REGISTROS DE CONTRATOS PÚBLICOS<br /> CIVILES Y COMERCIALES.<br /> EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Art. 1º.- Creáse (25) veinte y cinco nuevos Registros de Contratos Públicos<br /> Civiles y Comerciales; (10) diez Registros de Contratos Públicos en la<br /> Capital; y (15) quince Registros de Contratos Públicos en el Interior de la<br /> República.<br /> Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS DIEZ Y NUEVE DIAS<br /> DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.<br /> LUIS MARTINEZ MILTOS EZEQUIEL GONZALEZ ALSINA<br /> PRESIDENTE CÁMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CÁMARA DE SENADORES<br /> J. ANTONIO VERA VALENZANO CARLOS MARIA OCAMPOS ARBO<br /> SECRETARIO PARLAMENTARIO <br /> SECRETARIADO GENERAL<br /> Asunción, 19 de Diciembre de 1988.<br /> TÉNGASE POR LEY DE LA REPÚBLICA, PUBLÍQUESE E INSÉRTESE EN EL REGISTRO<br /> OFICIAL.<br /> J. EUGENIO JACQUET GRAL. EJERC. ALFREDO<br /> STROESSNER<br /> MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA