Ley 1411
PODER LEGISLATIVO
LEY N ° 1.411
QUE AMPLIA EL PLAZO PREVISTO EN LA LEY N ° 1254/98 "QUE AUTORIZA AL CONSEJO
NACIONAL DE LA VIVIENDA (CONAVI) A ADOPTAR COYUNTURALMENTE MODALIDADES
OPERATIVAS PARA PAGOS DE CUOTAS VENCIDAS Y DE AJUSTE DE SALDOS EN
ADJUDICACIONES DE VIVIENDAS ECONOMICAS Y VIVIENDAS DE INTERES SOCIAL".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°. - Autorízase al Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI)
a ampliar el plazo por ciento ochenta días, a partir de la promulgación de
esta ley, en referencia al Artículo 1º. - de la Ley No. - 1254/98, para que
los beneficiarios de los diversos proyectos habitacionales se presenten a
cualquiera de las oficinas habilitadas del Consejo Nacional de la Vivienda
(CONAVI), o las que fueren especialmente habilitadas para este efecto, a
fin de acogerse a los beneficios establecidos en la Ley No. - 1094/97.
Artículo 2°. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
diecinueve días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y
ocho, y por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciocho días del mes de
febrero del año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el
mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la
Constitución Nacional.
|Walter Hugo Bower | |Luis Angel González |
|Montalto | |Macchi |
|Presidente | |Presidente |
|H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |
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|Sonia Leonor Deleón | |Manlio Medina Cáceres |
|Franco | |Secretario Parlamentario|
|Secretaria Parlamentaria | | |
Asunción, 2 de marzo de 1999
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Raúl Cubas Grau
Heinz Gerhard Doll
Ministro de Hacienda