Ley 1450
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.450
QUE MODIFICA Y AMPLIA LA LEY N° 22 DE FECHA 6 DE AGOSTO DE 1992 "QUE
EXONERA DE TRIBUTOS LA IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE LIBROS, PERIODICOS
Y REVISTAS".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Modifícase y amplíase la Ley N° 22 del 6 de agosto de 1992
"QUE EXONERA DE TRIBUTOS LA IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE LIBROS,
PERIODICOS Y REVISTAS", en los siguientes términos:
"Art. 1°.- Exonérase del pago de tributos aduaneros la importación de
libros, periódicos y revistas, con excepción de los pornográficos".
"Art. 2°.- Exonérase del pago de tributos internos, salvo el Impuesto a la
Renta, la comercialización de libros, periódicos, revistas, cuadernos de
producción nacional y toda publicación impresa o gráfica, tanto los de
producción nacional como los importados, destinados a la difusión cultural
y la educación, con excepción de los pornográficos".
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a quince
días del mes de abril del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la
Honorable Cámara de Senadores, a quince días del mes de julio del año un
mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución
Nacional.
|Pedro Efraín Alegre Sasiain| |Mario Paz Castaing |
| | |Vicepresidente 1° |
|Presidente | |En Ejercicio de la |
|H. Cámara de Diputados | |Presidencia |
| | |H. Cámara de Senadores |
| | | |
|Alfonso González Núñez | |Ilda Mayeregger |
|Secretario Parlamentario | |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 29 de julio de 1999
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Federico A. Zayas Chirife
Ministro de Hacienda