Ley 1483
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.483
QUE AMPLIA EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº 1137/97 Y SU MODIFICATORIA, LEY Nº
1354/98, EN EL SENTIDO DE DECLARAR DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIAR, A FAVOR
DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (IBR) EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO
FINCA Nº 88 DEL DISTRITO DE MBARACAYÚ, DEPARTAMENTO ALTO PARANÁ
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Amplíase el artículo 1º de la Ley Nº 1137/97 y su
modificatoria, Ley Nº 1354/98, por las cuales se declararon de interés
social y se expropiaron a favor del Instituto de Bienestar Rural, los
inmuebles individualizados como fincas Nºs. 59, 61, 62, 63, 64, 66, 67, 68
y 69, ubicadas en el Distrito de Mbaracayú, en el sentido de declarar de
interés social y expropiar, igualmente, a favor del Instituto de Bienestar
Rural, el inmueble individualizado como finca Nº 88 del Distrito de
Mbaracayú, cuyo informe pericial es el siguiente:
LADO 3-X: Con rumbo N - 18º 09' 12" - E (Norte, dieciocho
grados, nueve minutos, doce segundos, Este), mide 198,54 m. (ciento
noventa y ocho metros con cincuenta y cuatro centímetros);
LADO X-PE C436: Con rumbo N - 21º 51' 55" - W (Norte, veintiún
grados, cincuenta y un minutos, cincuenta y cinco segundos, Oeste),
mide 176,56 m. (ciento setenta y seis metros con cincuenta y seis
centímetros);
LADO PE C436-PE C435: Con rumbo N - 15º 34' 04" - E (Norte,
quince grados, treinta y cuatro minutos, cuatro segundos, Este), mide
716,01 m. (setecientos dieciséis metros con un centímetro);
LADO PE C435-PE C434-1: Con rumbo N - 45º 34' 30" - E (Norte,
cuarenta y cinco grados, treinta y cuatro minutos, treinta segundos,
Este), mide 316,65 m. (trescientos dieciséis metros con sesenta y
cinco centímetros);
LADO PE C434-1PE C428D: Con rumbo N - 18º 09' 30" - E (Norte,
dieciocho grados, nueve minutos, treinta segundos, Este), mide 419,44
m. (cuatrocientos diecinueve metros con cuarenta y cuatro
centímetros);
LADO PE C428D-C428C: Con rumbo N - 18º 10' 30" - E (Norte,
dieciocho grados, diez minutos, treinta segundos, Este), mide 606,60
m. (seiscientos seis metros con sesenta centímetros);
LADO C428C-PE C428B: Con rumbo N - 18º 09' 10" - E (Norte,
dieciocho grados, nueve minutos, diez segundos, Este), mide 349,61 m.
(trescientos cuarenta y nueve metros con sesenta y un centímetros);
LADO PE C428B-PE C428A: Con rumbo N - 18º 05' 30" - E (Norte,
dieciocho grados, cinco minutos, treinta segundos, Este), mide 260,44
m. (doscientos sesenta metros con cuarenta y cuatro centímetros);
LADO PE C428A-PE C428: Con rumbo N - 44º 07' 08" - W (Norte,
cuarenta y cuatro grados, siete minutos, ocho segundos, Oeste), mide
237,83 m. (doscientos treinta y siete metros con ochenta y tres
centímetros);
LADO PE C428-PE C427: Con rumbo S - 41º 37' 30" - W (Sur,
cuarenta y un grados, treinta y siete minutos, treinta segundos,
Oeste), mide 219,70 m. (doscientos diecinueve metros con setenta
centímetros);
LADO PE C427-PE C426: Con rumbo S - 41º 40' 33" - W (Sur,
cuarenta y un grados, cuarenta minutos, treinta y tres segundos,
Oeste), mide 561,14 m. (quinientos sesenta y un metros con catorce
centímetros);
LADO PE C426-PE C425: Con rumbo S - 09º 37' 41" - W (Sur, nueve
grados, treinta y siete minutos, cuarenta y un segundos, Oeste), mide
470,08 m. (cuatrocientos setenta metros con ocho centímetros);
LADO PE C425-Y: Con rumbo S - 35º 37' 57" - W (Sur, treinta y
cinco grados, treinta y siete minutos, cincuenta y siete segundos,
Oeste), mide 504,29 m. (quinientos cuatro metros con veintinueve
centímetros);
LADO Y-4: Con rumbo S - 18º 03' 20" - W (Sur, dieciocho grados,
tres minutos, veinte segundos, Oeste), mide 1.467,17 m. (un mil
cuatrocientos sesenta y siete metros con diecisiete centímetros);
LADO 4-3: Con rumbo S - 71º 09' 12" - E (Sur, setenta y un
grados, nueve minutos, doce segundos, Este), mide 593,12 m.
(quinientos noventa y tres metros con doce centímetros).
LINDEROS: LADO 3-X, linda con derechos de Harry y Takahide
Daije; del vértice X al vértice Y, pasando entre otros por los puntos
PE C428D; PE C428 y PE C426, linda con derechos de Itaipú Binacional;
LADO X-4, linda con derechos de Mario Roters y otros; LADO 4-3, linda
con calle.
ACLARACIÓN: Los linderos actuales de la fracción son al Norte,
derechos de Itaipú Binacional; al Este, finca Nº 63 (expropiada por
Ley Nº 1354/98) y derechos de Itaipú Binacional; al Sur, las fincas
Nºs. 64 y 69 (expropiadas por la Ley Nº 1354/98) y derechos de Itaipú
Binacional.
SUPERFICIE: La superficie del polígono así descripto es de 147
ha., 5.045 m² (CIENTO CUARENTA Y SIETE HECTÁREAS, CINCO MIL CUARENTA Y
CINCO METROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- El Instituto de Bienestar Rural (IBR) y el propietario
acordarán en un plazo de noventa días, el precio de las fincas expropiadas.
En caso de no haber acuerdo, podrán recurrir al Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial, a los efectos de la determinación
judicial del precio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el diez de
junio del año un mil novecientos noventa y nueve y por la Honorable Cámara
de Diputados, el nueve de setiembre del año un mil novecientos noventa y
nueve, quedando sancionado el mismo de conformidad al Artículo 204 de la
Constitución Nacional.
|Pedro Efraín Alegre Sasiain | |Juan Carlos Galaverna D. |
|Presidente | |Presidente |
|H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |
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|Alfonso González Núñez | |Blanca Zuccolillo de Rodríguez |
|Secretario Parlamentario | |Alcalá |
| | |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 5 de octubre de 1999
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Ángel González Macchi
Amancio Oscar Denis Sánchez
Ministro de Agricultura y Ganadería