Ley 1558
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1558
QUE DECLARA DE INTERES PUBLICO Y DESAFECTA A FAVOR DEL INSTITUTO DE
BIENESTAR RURAL, UN INMUEBLE DEL DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO PARAGUAYO
(MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL), SITUADO EN EL DISTRITO DE JOSE DOMINGO
OCAMPOS, DEPARTAMENTO CAAGUAZU.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1o.- Declárase de interés público, desaféctase a favor del
Instituto de Bienestar Rural y destínase a los fines de la Reforma Agraria,
un inmueble de dominio privado del Estado Paraguayo (Ministerio de Defensa
Nacional), situado en el Distrito de José Domingo Ocampos del Departamento
Caaguazú e inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos como
Finca No. 206, con una superficie de 774 has. 7.215 ms2. 5.868 cms2.
(setecientas setenta y cuatro hectáreas, siete mil doscientos quince metros
cuadrados, cinco mil ochocientos sesenta y ocho centímetros cuadrados).
Artículo 2o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
dieciocho días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y
nueve, y por la Honorable Cámara de Diputados, a once días del mes de mayo
del año dos mil, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
|Pedro Efraín Alegre Sasiain | |Juan Carlos Galaverna D. |
|Presidente | |Presidente |
|H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |
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|Daniel Rojas López | |Ilda Mayeregger |
|Secretario Parlamentario | |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 8 de junio de 2000
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
|Nelson Argaña Contrera |Enrique García de Zúñiga |
|Ministro de Defensa Nacional |Ministro de Agricultura y Ganadería |