Ley 16
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION, A NOMINAR UNA CALLE DE
LA CIUDAD CON EL NOMBRE DE "DANTE ALIGHIERI"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art. 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Asunción, a nominar una calle
de la Ciudad, sin denominación oficial, con el nombre de "Dante
Alighieri".
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Cámara de Diputados el catorce de setiembre del año
un mil novecientos ochenta y nueve y por la Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, el doce de octubre del año un mil novecientos
ochenta y nueve.
|El Presidente de la Cámara de |El Presidente de la Cámara de|
|Senadores Alberto Nogués |Diputados |
| |Miguel Angel Aquino |
|Evelio Fernández Arévalos | |
|Secretario Parlamentario |Ricardo Lugo Rodríguez |
| |Secretario Parlamentario |
Asunción, 26 de octubre de 1989.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior