Ley 165
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 164
QUE DISPONE LA ERECCION DE UN MONUMENTO EN HOMENAJE AL EMINENTE
MUSICO PARAGUAYO AGUSTIN BARRIOS (MANGORE).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY:
Artículo 1º. Eríjase un monumento en homenaje al eminente músico
paraguayo Agustín Barrios (Mangoré), dentro del municipio de la
Ciudad de Asunción.
Artículo 2º.- Encárgase a la Municipalidad de la Capital del
cumplimiento de esta ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A DOCE DIAS DEL
MES DE DICIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CAMARA DE
SENADORES
BONIFACIO IRALA AMARILLA CARLOS MARIA
OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO GENERAL
Asunción, 16 de diciembre de 1969
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO
ALFREDO STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA