Ley 182
H. Cámara de Representantes LEY Nº 182
"QUE APRUEBA EL DECRETO-LEY Nº 84 DEL 28 DE MARZO DE 1953."
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley Nº 84 del 28 de marzo de 1953,
"POR EL CUAL SE DECLARA LA LIBRE EXPLOTACION DE LA CERA DE
CARANDAY".
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los tres días del mes de julio del año un mil
novecientos cincuenta y tres.
ELADIO SEGOVIA
RAUL PEÑA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 7 de julio de 1953
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
J. Bernardino Gorostiaga
Federico Chávez