Ley 187
H. Cámara de Representantes LEY Nº 187
"QUE APRUEBA UN CONVENIO DE PRORROGA SUSCRITO EL 18 DE DICIEMBRE DE
1952."
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Convenio de Prórroga suscrito el 18 de
diciembre de 1952, entre el Ministerio de Educación y el
Instituto de Asuntos Inter-Americanos.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes a los siete días del mes de agosto del año un mil
novecientos cincuenta y tres.
ELADIO SEGOVIA
RAUL PEÑA
Secretario
Presidente de la H.C.R.
Asunción, 12 de agosto de 1953
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL
REGISTRO OFICIAL
Juan Ramón Chávez
Federico Chávez