Ley 188
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 188
QUE DEROGA LA LEY Nº 27 DE FECHA 14 DE SETIEMBRE DE 1992.-
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
Artículo 1°.-Derógase la Ley Nº 27 de fecha 14 de setiembre de 1992, "Que
modifica la Ley Nº 95 de fecha 20 de diciembre de 1991, Que modifica el
inciso c) del Artículo 15 de la Ley nº 1.079 del 30 de agosto de 1992", por
ser contraria a las disposiciones de la Ley Nº 125/91.
Artículo 2º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veinte y siete días del mes de
mayo del año un mil novecientos noventa y tres, y por la H. Cámara de
Senadores, sancionándose la Ley, a catorce días del mes de junio, del año
un mil novecientos noventa y tres.
Rubén O. Fanego Gustavo Díaz de Vivar
Vice-Presidente 1º Presidente
En Ejercicio de la Presidencia
H. Cámara de Senadores
H. Cámara de Diputados
Carlos Galeano Perrone Evelio Fernández Arevalos
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción 29 de junio de 1993.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Porfirio Pereira Ruiz Díaz Juan José Díaz
Pérez
Ministro de Obras Públicas Ministro de
Hacienda
y Comunicaciones