Ley 1933
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 1933
QUE MODIFICA PARCIALMENTE EL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 371/94 "QUE
APRUEBA LOS CONTRATOS DE PRESTAMOS PARA LA LECTRICI DE PROYECTOS
SUSCRITOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY, LA
LECTRICIDADN NACIONAL DE LECTRICIDAD (ANDE) Y EL KREDITANSTALT FÜR
WIEDERAUFBAU DE ALEMANIA (KFW) POR LOS MONTOS DE DM 8.000.000 (MARCOS
ALEMANES OCHO MILLONES) Y DM 40.000.000 (MARCOS ALEMANES CUARENTA
MILLONES)"
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Modifícase parcialmente el Artículo 8º, numeral 3,
inciso c) de la Ley N° 371/94, que aprueba los Contratos de Préstamos para
la Ejecución de Proyectos, por los montos DM 8.000.000 (marcos alemanes
ocho millones) y DM 40.000.000 (marcos alemanes cuarenta millones),
suscritos entre la República del Paraguay, la Administración Nacional de
Electricidad (ANDE) y el Kreditanstalt Für Wiederaufbau (KFW) de Alemania,
para financiar los Proyectos de Electrificación del Chaco Central, a ser
ejecutados por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE),
formalizados en fecha 16 de diciembre de 1993, quedando redactado como
sigue:
"c- Durante los primeros quince años del servicio eléctrico
suministrado a los usuarios del Chaco Central a través de las
instalaciones construidas con este financiamiento, la KFW y la ANDE
podrán concordar los niveles de recargo tarifario a ser aplicados a
dichos usuarios".
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
veinticinco días del mes de abril del año dos mil dos, quedando sancionado
el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a seis días del mes de junio
del año dos mil dos, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la
Constitución Nacional.
Juan Darío Monges Espínola Juan Roque Galeano
Villalba
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Juan José Vázquez Vázquez Alicia Jové
Dávalos Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 21 de junio de 2002
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
James Spalding
Ministro de Hacienda